Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02655/2021)
Bases de la convocatoria para el acceso a una plaza de Agente de la Policía Local mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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Tomar parte en las pruebas selectivas para esta convocatoria, aceptando íntegramente el contenido de las bases,
comprometiéndome al cumplimiento estricto de la misma y declarando bajo mi responsabilidad ser ciertos los datos que se
consignan.
Asimismo, acompaña la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI.
Mediante la firma del presente documento consiento tanto en la recogida de datos para ser incluidos en los ficheros
automatizados correspondientes para ser utilizados en la gestión del personal en todos sus aspectos, formación, selección y
promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y
otros extremos. Respecto de los citados datos podré ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, portabilidad y
cancelación en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, así como en la vigente Ordenanza
reguladora de ficheros de carácter personal de este Excmo. Ayuntamiento.
En ………………. a ………..….de……………….. de 2021.

El/la peticionario/a,
Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela.
______

ANEXO II:
PRUEBAS FÍSICAS

- Indicaciones previas:
Con anterioridad al inicio de las pruebas se procederá a la identificación de las personas aspirantes, a través del DNI, y a la
comprobación de la validez del certificado médico correspondiente, requisitos sin los cuales no se aceptará la participación
en ninguna de las pruebas.
Las pruebas tendrán carácter eliminatorio; por tanto, no se podrá acceder a la ejecución de la siguiente sin haber superado
la anterior.
El orden concreto de realización sucesivo de cada una de las pruebas será el establecido en las bases de la presente
convocatoria (el Tribunal esta capacitado para cambiar el orden de las pruebas durante su realización).
Durante el desarrollo de las pruebas no se permitirá el acceso de opositores/as y/o público a las zonas establecidas a tal fin
para la ejecución de las pruebas, excepto los/as opositores/as que las tengan que realizar en cada momento.
El Tribunal está capacitado para, si se estima oportuno, solicitar las pruebas de control antidopaje necesarias para asegurar
la igualdad de oportunidades a todos/as los/as opositores/as. Dichas pruebas serían supervisadas por alguno de los
laboratorios de referencia en esta materia en el ámbito nacional, y en caso de realizarse estarían sometidas a la legislación
vigente respecto a las pruebas de control antidopaje.
El Tribunal, para aquellos supuestos no recogidos en las pruebas, estará habilitado para tomar las decisiones que, de
acuerdo a mejorar las condiciones de participación y realización de las pruebas, estimen oportunas.
PRUEBAS FÍSICAS:
a) Carrera de 50 metros con salida en pie:
Se realizará de forma individual o colectiva según requiera el tribunal, precisando para ser declarado/a apto/a
en la misma realizar este recorrido en un tiempo máximo de 7 segundos y 80 centésimas los hombres; y de 9
segundos y 00 centésimas para las mujeres. Dos intentos.
Intentos: Dos, contabilizándose como intento la salida declarada nula.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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