Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (02631/2021)
Bases de la convocatoria para la selección de Operario/a de atención, mantenimiento y conservación del centro médico de Peñalsordo
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 2631/2021

alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento, bando móvil, tablón de anuncios y
sitios de costumbre de la localidad.
QUINTO. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 5 días naturales, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y tablón de anuncios, se señalará un plazo de 5 días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, para mayor difusión. Igualmente se
publicará la fecha en la que efectuará la entrevista personal, caso de preverse.
SEXTO. Tribunal Calificador.
La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:

Cargo

Identidad

Presidente

Un Técnico Médico designado por la autoridad competente.

Vocal 1

Un Técnico de Administración Local designado por la Alcaldía

Vocal 3

Un Técnico de Administración Local designado por la Alcaldía.

Vocal 4

Un Técnico de Enfermería designado por la autoridad médica.

Secretario

El de la corporación o persona que le sustituya.

Podrán asistir al acto de baremación, dos representantes municipales, designados por los respectivos grupos políticos que
componen la Corporación.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la
sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las
dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente
convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
SÉPTIMO. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección es el de concurso de méritos, que consiste en valorar, de acuerdo con el baremo incluido en la
convocatoria, determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de experiencia, relacionados con las características
de la plaza que se cubre.
Máximo 8 puntos totales.
Méritos computables:

a) Formación: Puntuación máxima 0,50 puntos.
1. Por cada curso de formación o perfeccionamiento, relacionado
directamente con las funciones a desarrollar.

0,2 puntos por curso, hasta un máximo de
0,50 puntos.

b) Experiencia: Puntuación máxima 4 puntos.
1. Por experiencia profesional en las labores del puesto, al servicio de
una Administración Local, con independencia de la vinculación jurídica
laboral o administrativa
2. Por experiencia profesional en el manejo del programa JARA.

0,30 puntos por cada mes de servicio en
puestos similares, con un máximo de 2,00
puntos.
0,30 puntos por cada mes trabajado,
hasta un máximo de 2 puntos.

Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la Corporación o
entidad.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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