Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02610/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza de policía y buen gobierno
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Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 2610/2021

Se considera infracción muy grave la reincidencia en la comisión de las graves.
Artículo 43.Las infracciones se sancionarán, a juicio del órgano sancionador, de conformidad con el artículo 141 de la Ley 7/1985, de la
siguiente forma:
- Multas:
Infracciones muy graves: Hasta 3.000,00 euros.
Infracciones graves: Hasta 1.500,00 euros.
Infracciones leves: Desde 30,00 hasta 750,00 euros.
Las multas correspondientes a infracciones leves se podrán sustituir, a juicio de la Alcaldía, por la realización de trabajos
sociales, en beneficio del bien público, siempre que el infractor estuviese de acuerdo.
DISPOSICIÓN FINAL ÚLTIMA. Procedimiento sancionador.
Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ordenanza, serán sancionadas, tras el oportuno expediente tramitado con
arreglo al Capítulo III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y Ley 39/2015, y además disposiciones aplicables en materia de
procedimiento sancionador.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Badajoz.
Almendral, 31 de mayo de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Antonio Arroyo Pardo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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