Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza Capilla. Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (02613/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios sociales
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Ayuntamiento de Zarza Capilla

Anuncio 2613/2021

suma de los rendimientos anuales, divididos en 12 mensualidades.
Cuando se trate de un matrimonio se abonaran el 65 por 100 de la suma de
rendimientos mutuos, es decir, sumados si tienen los dos. En el caso de que el
cónyuge no disponga de ingresos se tendrá en cuenta el 50% de los
rendimientos para cada uno.
Una vez abonada la mensualidad, cualquiera que sea, quedará a disposición del
usuario un mínimo de 90,15 euros.
No se descuentan de la mensualidad los periodos en los que los residentes por
cualquier motivo se ausentaran del centro por vacaciones, fines de semana,
ingresos hospitalarios, etc.
El precio de la estancia se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en
curso.
Para usuarios con ingresos superiores a Salario Mínimo Interprofesional:
Los residentes del hogar club con pisos tutelados abonaran el 75 por 100 de la
suma de los rendimientos anuales, divididos en 12 mensualidades.
Cuando se trate de un matrimonio se abonaran el 75 por 100 de la suma de
rendimientos mutuos, es decir, sumados si tienen los dos. En el caso de que el
cónyuge no disponga de ingresos se tendrá en cuenta el 50% de los
rendimientos para cada uno.
Una vez abonada la mensualidad, cualquiera que sea, quedará a disposición del
usurario un mínimo de 90,15 euros.
No se descuentan de la mensualidad los periodos en los que los residentes por
cualquier motivo se ausentaran del centro por vacaciones, fines de semana,
ingresos hospitalarios, etc.
El precio de la estancia se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en
curso.
D.2. Residentes con carácter dependiente con plaza adjudicada por el SEPAD o por los Servicios
Sociales centrales de la Consejería de Sanidad y Política Sociales.
Para usuarios con ingresos inferiores a Salario Mínimo Interprofesional:
Los residentes del hogar club con pisos tutelados abonaran el 65 por 100 de la
suma de los rendimientos anuales, divididos en 12 mensualidades, con el límite
del precio público de prestación del servicio de residencias acordado en la tabla
de precios y tarifas de la Junta de Extremadura para el ejercicio vigente.
Cuando se trate de un matrimonio se abonaran el 65 por 100 de la suma de
rendimientos mutuos, es decir, sumados si tienen los dos. En el caso de que el
cónyuge no disponga de ingresos se tendrá en cuenta el 50% de los
rendimientos para cada uno.
Una vez abonada la mensualidad, cualquiera que sea, quedará a disposición del
usuario un mínimo de 90,15 euros.
No se descuentan de la mensualidad los periodos en los que los residentes por
cualquier motivo se ausentaran del centro por vacaciones, fines de semana,
ingresos hospitalarios, etc.
El precio de la estancia se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en
curso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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