Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. (02541/2021)
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas para la adquisición de material didáctico escolar fungible del curso 2021-2022
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Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 2541/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 2541/2021
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas para la adquisición de material didáctico escolar fungible del curso
2021-2022

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO
ESCOLAR FUNGIBLE DEL CURSO 2021-2022.
BDNS (Identif.): 566.946
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/566946)
1.- Bases reguladoras.
Las Bases que han de regir la concesión de las ayudas ayudas para la adquisición de material didáctico escolar
fungible del curso 2021-2022 fueron aprobadas por el Pleno Corporativo en su sesión ordinaria celebrada el
día 27 de mayo de 2021.
2.- Crédito presupuestario.
El importe total destinado a esta convocatoria de ayuda para la adquisición de material didáctico escolar
fungible asciende a cuatro mil euros (4.000,00€), con cargo a la aplicación presupuestaria 231/226.51 del
presupuesto municipal del ejercicio 2021.
Esta cantidad se distribuirá entre los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en las presentes Bases
para resultar beneficiarios, fijándose el importe de cada ayuda en atención a la situación socioeconómica y a
las necesidades apreciadas por la Comisión de Valoración en el caso particular de cada uno.
En todo caso, el importe de la ayuda por alumno nunca será superior al importe del gasto necesario
acreditado.
La cuantía total máxima destinada a estas ayudas podrá incrementarse, motivadamente y previa tramitación
del oportuno expediente de modificación de crédito, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de
presentación de solicitudes y, por tanto, no requiriéndose una nueva convocatoria de acuerdo con lo previsto
en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3.- Requisitos para ser beneficiarios.
Los indicados en la base 3.
4.- Formalización solicitud, plazo de presentación y desistimiento.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz hasta el 30 de julio de 2021, incluido.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
Los lugares de presentación de la solicitud ayuda, junto con la documentación exigida, serán los siguientes
(pudiendo optar por cualquiera de ellos):
En el Registro General del Ayuntamiento sito en Plaza de España n.º 1.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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