Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (02543/2021)
Aprobación definitiva y publicación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derecho de examen de acceso a la función pública y derogación de la anterior
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 2543/2021

de Familia Numerosa, debiendo acreditarse mediante certificado o fotocopia del carné vigente de familia
numerosa expedido por el órgano competente.
- De acuerdo con la D. Ad. 4.ª de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral
a las Víctimas del Terrorismo, las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o
parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal
condición expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de
la víctima y, en su caso, el parentesco.
Estas exenciones deberán ser rogadas por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma
la documentación requerida.
Artículo 8.- Bonificaciones.
- De acuerdo con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de Familia Numerosa, artículo 12.2,a), se
fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para las personas que formen parte de familias
numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general".
Esta bonificación deberá ser rogada por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma
certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
Disposición adicional.
Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, se estará a lo dispuestos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, Ley 58/2003 de 17 de diciembre General
Tributaria, Ley 1 de 1998 de Derechos y Garantías de los contribuyentes, y demás normativa general que resulte de
aplicación.
Disposición final.
La presente Ordenanza, aprobada definitivamente por el Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria
correspondiente al día 28 de mayo de 2021, entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el BOP.
Disposición derogatoria.
A su entrada en vigor, conforme a lo establecido en la disposición anterior, quedará derogada la anterior Ordenanza
reguladora de la tasa por derecho de examen en convocatoria para acceder a la función pública.
Badajoz, a 28 de mayo de 2021.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.
Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de Servicios Electrónicos de Confianza. Ley 39/2015, del PACAP. Ley 40/2015, del RJSP.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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