Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02502/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la entrada de vehículos a través de las aceras y la reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 2502/2021

mercancías de cualquier clase.
Artículo undécimo.
1. Las autorizaciones de paso de vehículos a través de las aceras permitirán el paso de vehículos durante las
24 horas del día, prohibiéndose en el lado próximo de la calzada el estacionamiento de vehículos, incluso los
que sean del titular del vado. Si el estacionamiento en la acera contraria impidiese el uso de dicho paso. el
vado afectará también a dicha acera, acreditada y apreciada esta circunstancia en la autorización.
2. Para la existencia de estos pasos ha de adquirirse la pertinente señalización, que será suministrada
exclusivamente por el Ayuntamiento, y abonará el interesado, en el momento de su retirada, la tasa aprobada
por este Ayuntamiento.
Artículo duodécimo.
Las reservas de espacio en la vía pública para aparcamiento exclusivo y otros aprovechamientos especiales
serán autorizadas por el Ayuntamiento sólo en casos muy especiales y referentes siempre a edificios o
instalaciones con un marcado carácter de interés público y social. En su tramitación se aplicará lo señalado en
las Ordenanzas de tráfico municipales.
Artículo decimotercero.
1. Las reservas de espacio para realización de actividades de carga o descarga podrán ser con carácter
permanente o con limitación de horario.
2. En el caso de reserva temporal, por obras u otras actividades con limitación de horario, no podrá ser
superior al horario laboral legalmente establecido, utilizándose dicho espacio fuera de las horas y días
concedidos como aprovechamiento de uso público.
3. El trámite, requisitos y señalización de estas concesiones se llevará a cabo con arreglo a las Ordenanzas de
tráfico municipales.
Artículo decimocuarto.
La concesión de un paso o entrada de vehículos a través de las aceras o cualquiera otro de los
aprovechamientos previstos en esta Ordenanza es independiente de las obras de acondicionamiento de las
aceras, si fueran necesarias. Para estas obras, el interesado deberá solicitar y obtener la necesaria licencia
municipal y abonar los tributos y tasas establecidos por ello.
Será igualmente por cuenta de los interesados la señalización horizontal de la vía, así como su
mantenimiento.
Artículo decimoquinto.
La concesión de cualquiera de los aprovechamientos previstos en esta ordenanza será siempre discrecional
por parte del Ayuntamiento, quien podrá retirarla o cancelarla en cualquier momento si las necesidades de
ordenación del tráfico u otras circunstancias de Policía Urbana lo aconsejaran
Artículo decimosexto.
Todos los aprovechamientos objeto de esta ordenanza deberán estar debidamente señalizados mediante los
elementos reglamentarios que se indican en las Ordenanzas de tráfico municipales, cuyas señales deberán
ser adquiridas por el sujeto pasivo.
La falta de señalización o su disconformidad con los términos de la respectiva concesión impedirán a su
titular el ejercicio del aprovechamiento, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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