Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02445/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de creación, organización y funcionamiento del Consejo de Bienestar Social del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2445/2021

A partir de la fecha en que quede formalmente constituido el Consejo Sectorial de Bienestar Social de Almendralejo,
quedarán derogadas las normas que con carácter consuetudinario, escrito o mediante convenio, entren en conflicto con la
presente normativa.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Se faculta al titular del Servicio competente en materia social en el Ayuntamiento de Almendralejo a adoptar los actos
necesarios para el desarrollo y ejecución del presente Reglamento.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
La publicación y entrada en vigor del presente Reglamento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1 y 65.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, se producirá de acuerdo a lo establecido a continuación:
1) Aprobación por el Pleno municipal por mayoría absoluta.
2) El acuerdo de aprobación inicial del presente Reglamento pasará a ser definitiva en el caso de que no se
hubiesen formulado reclamaciones ni sugerencias.
3) Transcurrido el plazo de 15 días desde la recepción de dicha comunicación, el acuerdo y el propio
Reglamento íntegro se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
4) El Reglamento una vez publicado íntegramente desplegara todos los efectos jurídicos y entrará en vigor al
día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
5) El acuerdo de aprobación definitiva y el Reglamento se publicarán además en la página web del
Ayuntamiento de Almendralejo.
En Almendralejo, 25 de mayo de 2021.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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