Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (R01806/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 26 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio R 1806/2021

a.2. Certificado de empadronamiento.
a.3. Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y
no disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a
sus efectos.
a.4. Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
a.5. Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la
Discapacidad de Extremadura (en adelante CADEX) de la Consejería con
competencias en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual
se recoja:
1.º.- Que presente movilidad reducida, conforme al anexo II del
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento
para reconocimiento, declaración y calificación del grado de
discapacidad, o que muestre en el mejor ojo una agudeza visual
igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a
10 grados o menos.
2.º.- Que no se encuentre, por razones de salud u otras causas,
imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del hogar.

b. En caso de persona solicitante de la tarjeta provisional por razones humanitarias, además de
dicha solicitud se aportará:
b.1. Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
b.2. Certificado de empadronamiento.
b.3. Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y
no disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a
sus efectos.
b.4. Certificado del personal médico facultativo de los servicios públicos de salud,
que deberá contar con la validación de la inspección de los servicios sanitarios
competentes por razón del domicilio de la persona solicitante, que acredite que
presenta movilidad reducida, aunque esta no haya sido dictaminada
oficialmente, por causa de una enfermedad o patología de extrema gravedad
que suponga fehacientemente una reducción sustancial de la esperanza de vida
que se considera normal para su edad y demás condiciones personales, y que
razonablemente no permita tramitar en tiempo la solicitud ordinaria de la tarjeta
de estacionamiento.
c. En caso de persona física o jurídica titular de vehículo destinado exclusivamente al transporte
colectivo de personas con discapacidad, además de la solicitud se aportará:
c.1. Fotocopia del DNI/NIE/NIF de la persona solicitante
c.2. Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento, en
su caso.
c.3. Documento que acredite que el vehículo se destina exclusivamente al
transporte colectivo de personas con discapacidad para la prestación de
servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la
dependencia, a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción
de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de
Dependencia, así como los servicios sociales a los que se refiere el texto
refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de
su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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