Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Segura de León. Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (02423/2021)
Aprobación definitiva de la imposición y aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de licencias, autorizaciones, documentos y otras actividades y servicios de naturaleza urbanísticas
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Ayuntamiento de Segura de León

Anuncio 2423/2021

_________________, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a
partir de _________________, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
ANEXO I
TARIFAS:
Tarifa 1.- Licencias urbanísticas, órdenes de ejecución y ruina.
Epígrafe 1.1.- 0,50 por ciento del coste de ejecución material con un coste mínimo de 30,00 euros.
Tarifa 2.- Comunicaciones previas.
Epígrafe 2.1.- 0,50 por ciento del coste de ejecución material con un coste mínimo de 30,00 euros.
Epígrafe 2.2.- Por cada objeto tributaria (finca de resultado).
Las parcelaciones o cualesquiera otros actos de división o agrupación de fincas o predios en cualquier clase
de suelo, no incluidas en proyectos de reparcelación, así como declaración municipal de su
innecesariedad……… 40,00 euros.
Epígrafe 2.3.- Por cada local o vivienda recogidos en cada documento.
Licencia municipal de primera ocupación y cédula de habitabilidad...30,00 euros.
Licencias de usos para ejercicio de actividades profesionales….......… 30,00 euros.
Licencias para otros usos urbanísticos distintos del ejercicio de actividades
profesionales……………………………………………………………………. 30,00 euros.
Tarifa 3.- Servicio de información municipal.
Epígrafe 3.1.- Por cada documento.
Expedición de cédula urbanística……………………………………………… 30,00 euros.
Expedición de certificado de compatibilidad ambiental………….… 30,00 euros.
Tarifa 4.- Expedición de documentos urbanísticos que afectan al derecho de propiedad o al ejercicio de cualquiera de sus
facultades urbanísticas.
Certificado resolución necesaria para hacer constar en el Registro de la Propiedad, por nota al margen de la
inscripción de la declaración de obra nueva, de la concreta situación de construcciones que habilitan su inscripción
en el Registro de la Propiedad de conformidad con el artículo 28.4 apartado c) del Texto Refundido de la Ley del
Suelo y Rehabilitación Urbana……………………….. 300,00 euros."
Segura de León, a 24 de mayo. Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer
por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con
sede en Cáceres.
Segura de León, a 24 de mayo de 2021.- El Alcalde-Presidente, Lorenzo Molina Medina.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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