Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02403/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, siete plazas de Administrativo/a en el Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

Anuncio 2403/2021

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
para el acceso al empleo público.
c) Estar en posesión de la titulación de Título de Bachiller o Técnico o equivalente según los distintos planes de
estudios. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones o puesto al
que se aspira.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impidan, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2.2. Los requisitos establecidos en la base 2.1 anterior, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión.
3. Solicitudes.
3.1. Para participar en el proceso selectivo se deberá seguir obligatoriamente el siguiente procedimiento:
Primero: Acceder en la página Web municipal (aytobadajoz.es) al siguiente enlace:
Oficina virtual (gestión de trámites on line) - Recursos Humanos.
Segundo: Cumplimentar el formulario solicitud. Una vez relleno y aceptado, se generará una solicitud
conteniendo los datos mecanizados, la cual será el único modelo válido a efectos de participar en el proceso
selectivo. Por lo tanto, no se admitirá la utilización de otro tipo de solicitud realizada sin la cumplimentación
del formulario solicitud.
Tercero: Realizar el abono de tasas a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las
entidades bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero
automático. En el supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o
validada mecánicamente por la entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la
autoliquidación deberá venir acompañada del resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria,
generándose una vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
Cuarto: Presentar telemáticamente la solicitud generada en el paso segundo a través del archivo presentación
de solicitudes o a través del Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
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