Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02405/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Sectorial de Comercio, Consumo e Industria de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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Artículo 17. Disolución del Consejo
DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN FINAL
PREÁMBULO:
Es voluntad de la Corporación municipal establecer los principios y líneas estratégicas del comercio e industria locales, como
elementos esenciales para a impulsar, ayudar y potenciar su desarrollo económico y social, tanto para lograr generar
empleo y productividad, como para su contribución a la vertebración urbana, al mantenimiento de la vitalidad y de la calidad
de todos los barrios y pedanías, y la consolidación de un modelo de ciudad sostenible.
En la línea de desarrollo y renovación de las propuestas actuales de colaboración que se están llevando a cabo entre el Ayto.
de Badajoz y los distintos colectivos y representantes de estos sectores, la creación del Consejo Sectorial de Comercio,
Consumo e Industria se constituye como un verdadero órgano de participación, y como el interlocutor necesario para
mejorar y reforzar esta relación.
La presente norma quiere dar respuesta a las necesidades del comercio y la industria, creando este Consejo al amparo de lo
establecido en el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Badajoz, aprobado definitivamente en sesión
plenaria el 30 de noviembre de 2020, regulando su composición y funcionamiento, con el objetivo de alcanzar la máxima
eficacia en el desarrollo de las funciones.
La composición del Consejo recoge la representación institucional y social que permite la participación y la propuesta de
iniciativas para el fomento y refuerzo del comercio minorista, mayorista y del sector industrial en la ciudad.
Además, este Consejo mantendrá los cauces de coordinación con el resto de Consejos sectoriales del Ayuntamiento de
Badajoz, con el objetivo de compatibilizar la eficiencia y eficacia de las propuestas o medidas a adoptar.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Creación.
El Consejo Sectorial de Comercio, Consumo e Industria se constituye como un órgano sectorial de participación ciudadana y
asesoramiento en materia de comercio e industria local, para la promoción económica y fomento del atractivo comercial e
industrial de Badajoz, y que actúa como foro de debate, diálogo y consenso entre los representantes del sector comercial e
industrial del municipio de Badajoz y las instituciones públicas y privadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 43 y
ss. del Reglamento de Participación Ciudadana, aprobado definitivamente en sesión plenaria de 30 de noviembre de 2020.
Artículo 2. Naturaleza.
El Consejo de configura como un órgano colegiado de participación, de carácter consultivo, informativo y de asesoramiento
en el ámbito municipal, en materia de comercio, consumo e industria, cuyos dictámenes, propuestas, informes o estudios
no serán vinculantes para los órganos de gobierno municipales, teniendo presente lo establecido en el artículo 43 del
Reglamento de Participación Ciudadana, que dice: "Desarrollarán exclusivamente funciones de informe y, en su caso,
propuesta, en relación con las iniciativas municipales relativas al sector de actividad al que corresponda cada Consejo".
Además, el Consejo promoverá y canalizará la participación de las entidades y de la ciudadanía en los asuntos públicos de
competencia municipal relacionada con el sector, logrando una mayor implicación de la ciudadanía en la vida pública.
Podrá participar en él las entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, relacionadas con el Consejo, el
Consumo o la Industria que así lo deseen.
Artículo 3. Objetivos del Consejo.
1. Promover la participación de la ciudadanía y de los representantes del sector comercial, de servicios e industrial en los
asuntos municipales que les afecten, así como coordinar las relaciones entre éstos y el Ayuntamiento.
2. Contribuir a crear una infraestructura comercial e industrial innovadora y competitiva en la ciudad, adaptada a los hábitos
de los consumidores.
3. Potenciar el atractivo comercial e industrial de la ciudad, contribuyendo a la mejora en la calidad de vida.
Artículo 4. Funciones del Consejo.
Serán funciones del Consejo:
1. Emitir informes y formular propuestas relativas al sector, de forma que la Corporación Municipal pueda conocer loa
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