Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. Fundación Municipal de Deportes (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02344/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la estancia y uso de los servicios de la residencia de mayores y centro de día
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Ayuntamiento de Higuera de la Serena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Higuera de la Serena (Badajoz)
Anuncio 2344/2021
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la estancia y uso de los servicios de
la residencia de mayores y centro de día

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por la estancia y uso de los servicios de la residencia de mayores y centro de día, y no habiéndose presentado, dentro
del mismo, reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo según lo prevenido en el artículo 17.3 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Así mismo, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17.4 de dicha Ley, se publica el texto íntegro de la Ordenanza,
comenzando a regir la misma una vez que el presente edicto, junto con el anexo que se acompaña, sea publicado en el
"Boletín Oficial de la Provincia".
Contra el presente acuerdo definitivo de modificación de la Ordenanza de referencia, los interesados podrán interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de esta Jurisdicción, según lo previsto en el
artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.
En Higuera de la Serena, a 19 de mayo de 2021.- La Alcaldesa- Presidenta, María Triviño Portalo.
__________
ANEXO
TEXTO ÍNTEGRO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ESTANCIA Y USO DE LOS SERVICIOS DE LA
RESIDENCIA DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA, UNA VEZ MODIFICADA POR EL PLENO DE ESTA CORPORACIÓN, EN SESIÓN DEL
30 DE MARZO DE 2021
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 1.º.- Esta entidad local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en
el 41 en relación con el 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la tasa por estancia y uso de los servicios de la residencia de mayores
y centro de día de titularidad municipal de Higuera de la Serena en régimen de pensión completa, alojamiento en
habitación, servicios de lavandería, planchado y atención a residentes en general, que se regirá por la presente Ordenanza.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 2.º.- La presente Ordenanza fiscal será de aplicación en todo el término municipal de esta entidad local, desde su
entrada en vigor y hasta su derogación o modificación expresa.
HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 3.º.- El hecho imponible de la tasa regulado por esta Ordenanza, está constituido por la prestación de un servicio
o realización de una actividad administrativa consistente en la estancia en la residencia de mayores y utilización centro de
día de titularidad municipal de Higuera de la Serena.
SUJETO PASIVO
Artículo 4.º.- Están obligados al pago de la tasa por la estancia en la residencia de mayores y utilización centro de día de
titularidad municipal de Higuera de la Serena, todos los usuarios o sus cónyuges, que se beneficien de la prestación de
dichos servicios.
En su caso, serán responsables del pago de la tasa los tutores de quienes encontrándose bajo su tutela, conforme a los
artículos 154 y 206 y 55 del Código Civil, se beneficien de los servicios o actuaciones definidas en el artículo 3.º de la presente
Ordenanza.
TARIFA

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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