Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomas. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02280/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
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Ayuntamiento de Palomas

Anuncio 2280/2021

itinerarios peatonales accesibles y los itinerarios vehiculares, garantizando el acceso desde la zona de transferencia hasta el
itinerario peatonal accesible de forma autónoma y segura. Aquellas plazas que no cumplan con el requisito anterior deberán
resolverse conforme a la normativa vigente en materia de accesibilidad, con objeto de permitir el acceso al itinerario
peatonal accesible desde la zona de transferencia de la plaza.
2. Se ubicarán cerca de las entradas accesibles a edificios y servicios públicos de la zona para facilitar el acceso a las
personas titulares de la tarjeta de estacionamiento.
3. El Ayuntamiento se reserva la facultad de trasladar las reservas si no se vieran utilizadas o resultaran contrarias al buen
desenvolvimiento del tráfico urbano. En el caso de plazas de aparcamiento para facilitar el aparcamiento de vehículos a
personas titulares de la tarjeta de estacionamiento cerca de su centro de trabajo o domicilio, su concesión y los términos de
la misma no generarán derechos a favor del particular interesado.
Artículo 15. Disposiciones técnicas.
Las especificaciones técnicas de diseño, trazado y señalización de estas plazas reservadas cumplirán lo establecido en la
normativa vigente en cada momento en materia de accesibilidad. En el momento de redactarse la presente Ordenanza las
disposiciones técnicas de las plazas de aparcamiento reservadas según la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que
se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización
de los espacios públicos urbanizados y el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula
las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el
transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura, estipulan que deben ser:
1. Características:
a. Tanto las plazas dispuestas en perpendicular, como en diagonal a la acera, deberán tener una dimensión
mínima de 5,00 m de longitud × 2,20 m de ancho y además dispondrán de una zona de aproximación y
transferencia lateral de una longitud igual a la de la plaza y un ancho mínimo de 1,50 m. Entre dos plazas
contiguas se permitirán zonas de transferencia lateral compartidas manteniendo las dimensiones mínimas
descritas anteriormente.
b. Las plazas dispuestas en línea tendrán una dimensión mínima de 5,00 m de longitud × 2,20 m de ancho y
además dispondrán de una zona de aproximación y transferencia posterior de una anchura igual a la de la
plaza y una longitud mínima de 1,50 m. Estas plazas se ubicarán preferentemente de forma que su espacio de
transferencia posterior sea colindante con un paso de peatones. De no ser posible esta ubicación, el espacio
de transferencia tendrá el ancho de la plaza, y su longitud se incrementará hasta los 3 metros.
Además del área de transferencia trasera, se dejará libre de obstáculos (mobiliario urbano, señalización
vertical, vegetación, etc.) en un ancho mínimo de 1.20 m y toda la longitud de la plaza, el tramo de acerado
adyacente a dicha plaza de aparcamiento.
2. Señalización:
a. Las plazas de aparcamiento reservadas estarán señalizadas horizontal y verticalmente con el Símbolo
Internacional de Accesibilidad. El diseño, estilo, forma y proporción del Símbolo Internacional de Accesibilidad
se corresponderá con lo indicado por la Norma Internacional ISO 7000, que regula una figura en color blanco
sobre fondo azul Pantone Reflex Blue.
b. El fondo de la plaza será azul pantone 294 y el perímetro se delimitará con una línea de color contrastado,
preferentemente blanco. La señalización horizontal será antideslizante.
c. La señal vertical adecuada para señalizar estas plazas será la S-17 del Reglamento General de Circulación,
acompañada del Símbolo Internacional de Accesibilidad.
Artículo 16. Procedimiento de solicitud de reserva de plaza de aparcamiento.
1. Las solicitudes de plazas reservadas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en el modelo normalizado
establecido al efecto en el anexo VI y se resolverán en un plazo máximo de tres meses. Junto a la solicitud deberá
presentarse la siguiente documentación:
a. En caso de solicitud por parte de persona titular de la tarjeta de estacionamiento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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