Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragalejo. Recursos Humanos (Badajoz). (02102/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
20 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Esparragalejo
Anuncio 2102/2021
su concesión podrá volver a solicitar la expedición de una nueva tarjeta en los siguientes plazos:
a) Cuando la revocación se acuerde como consecuencia de la comisión de dos o más infracciones graves en el
término de un año: 6 meses.
b) Cuando la revocación se acuerde como consecuencia de la comisión de dos o más infracciones muy graves
en el término de dos años: 12 meses.
Estos plazos se contarán desde la fecha del acuerdo de revocación.
Disposición adicional primera.
En todo lo no recogido en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre,
por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento y en el Decreto 135/2018, de
1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura o
normas que los sustituyan.
Disposición derogatoria única.
Queda derogada la Ordenanza municipal reguladora de estacionamiento de vehículos de personas con discapacidad
publicada en el BOP n.º 210 de fecha 3 de noviembre de 2004, así como cuantas disposiciones contradigan o sean opuestas
a la regulación de la presente Ordenanza, una vez entre en vigor.
Disposición final única.
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez se proceda a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, y haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
________________
ANEXO I. SOLICITUD DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE
PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA
1. Motivo de la solicitud (márquese lo que proceda).
Concesión
Renovación
(debe rellenar el apartado 5 de la solicitud)
Expedición de duplicado
(debe rellenar el apartado 6 de la solicitud)
2. Datos del solicitante – titular.
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
Fecha de nacimiento
Sexo
NIF/NIE
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera)
Código postal
Localidad
Provincia
País
Teléfono 1
Teléfono 2
Correo electrónico
2. Datos del representante legal.
Primer apellido
Segundo apellido
NIF/NIE
Relación con el solicitante
Nombre
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera)
Código postal
Localidad
Provincia
País
Teléfono 1
Teléfono 2
Correo electrónico
3. Consulta de datos en poder de la administración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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su concesión podrá volver a solicitar la expedición de una nueva tarjeta en los siguientes plazos:
a) Cuando la revocación se acuerde como consecuencia de la comisión de dos o más infracciones graves en el
término de un año: 6 meses.
b) Cuando la revocación se acuerde como consecuencia de la comisión de dos o más infracciones muy graves
en el término de dos años: 12 meses.
Estos plazos se contarán desde la fecha del acuerdo de revocación.
Disposición adicional primera.
En todo lo no recogido en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre,
por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento y en el Decreto 135/2018, de
1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura o
normas que los sustituyan.
Disposición derogatoria única.
Queda derogada la Ordenanza municipal reguladora de estacionamiento de vehículos de personas con discapacidad
publicada en el BOP n.º 210 de fecha 3 de noviembre de 2004, así como cuantas disposiciones contradigan o sean opuestas
a la regulación de la presente Ordenanza, una vez entre en vigor.
Disposición final única.
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez se proceda a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, y haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
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ANEXO I. SOLICITUD DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE
PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA
1. Motivo de la solicitud (márquese lo que proceda).
Concesión
Renovación
(debe rellenar el apartado 5 de la solicitud)
Expedición de duplicado
(debe rellenar el apartado 6 de la solicitud)
2. Datos del solicitante – titular.
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
Fecha de nacimiento
Sexo
NIF/NIE
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera)
Código postal
Localidad
Provincia
País
Teléfono 1
Teléfono 2
Correo electrónico
2. Datos del representante legal.
Primer apellido
Segundo apellido
NIF/NIE
Relación con el solicitante
Nombre
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera)
Código postal
Localidad
Provincia
País
Teléfono 1
Teléfono 2
Correo electrónico
3. Consulta de datos en poder de la administración.
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www.dip-badajoz.es/bop
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