Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Concertación y Participación Territorial (Badajoz). (02108/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de actividades dirigidas a apoyar a los sectores afectados por el COVID-19 durante 2021
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Delegación de Concertación y Participación Territorial

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Compromiso de participación o colaboración en el proyecto, según el modelo que figura en el anexo III-B.
No se valorará ningún proyecto que no se adapte al formato requerido y que deberá contener la información
necesaria para su valoración según los criterios establecidos en la base sexta.
Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad local, que deberá ser ejecutado durante el ejercicio
2021, y con la duración que se estipule en el mismo.
Todos los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no
reúna los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BASE 5. ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES.
5.1. Actividades subvencionables.
Elaboración y ejecución de planes o estudios de apoyo al comercio local, la hostelería, turismo y otros sectores
afectados por el COVID-19.
Creación y/o dinamización de asociaciones de comerciantes, hosteleros,…., así como la creación de órganos de
participación municipales.
Realización de procesos participativos con los sectores afectados, para encontrar soluciones y medidas destinadas a
mitigar los efectos negativos ocasionados por la pandemia en la economía local.
Campañas de promoción del comercio, hostelería, turismo…, en colaboración con los sectores a nivel local.
Fomento del comercio electrónico, pudiendo incluir actividades formativas con este fin, así como mejora de
plataformas o sitios web de desarrollo del comercio local online.
Cualquier otra actuación que contribuya a la finalidad prevista en la base primera de esta convocatoria.
Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria:
a. Actividades que se hayan acogido a cualquier otra subvención de esta Diputación provincial o
de su sector público institucional.
b. Actividades cuyo objeto sea exclusivamente materia propia de otras Delegaciones, tales
como, cultura, juventud, deporte, bienestar social,…
c. Actividades de carácter docente previstas en los planes de enseñanza reglada vigentes.
d. Adquisiciones de equipamientos para instalaciones o servicios municipales.
e. Ayudas directas a los sectores económicos destinatarios de las actividades subvencionadas.

5.2. Gastos subvencionables:
1. Gastos relacionados con la preparación, dinamización y desarrollo de sesiones y encuentros con los destinatarios de
las actuaciones. Se contemplan gastos tales como alquiler de salas y equipos audiovisuales, gastos diversos
relacionados con la preparación , dinamización, material de oficina, comunicaciones.
2. Elaboración de documentación, tanto preparatoria como derivada de las acciones. Contempla entre otros, la
grabación de datos, servicios de documentación e información, publicaciones, dónde se incluye elaboración de
memorias, DVD, etc.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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