Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Recursos Humanos (Mérida). (02109/2021)
Bases y convocatoria para cubrir la plaza de Agente de Policía del cuerpo de la Policía Local del municipio de Valdelacalzada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdelacalzada
Anuncio 2109/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
Anuncio 2109/2021
Bases y convocatoria para cubrir la plaza de Agente de Policía del cuerpo de la Policía Local del municipio de Valdelacalzada
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA NÚMERO 2021/0129 DEL AYUNTAMIENTO DE VALDELACALZADA POR LA QUE SE APRUEBAN LAS
BASES Y LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LA PLAZA DE AGENTE DE POLICÍA DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL
MUNICIPIO DE VALDELACALZADA, MEDIANTE SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2021/0129, de fecha 06/05/2021, las bases y la convocatoria para
cubrir la plaza vacante de Agente de Policía Local del Cuerpo de la Policía Local del municipio de Valdelacalzada, se abre el
plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este
anuncio en Boletín Oficial del Estado.
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERO. NORMAS GENERALES.
Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad la plaza que se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente
al ejercicio del año 2021 aprobada por resolución de Alcaldía de 4 de mayo de 2021, cuyas características son:
Grupo
Subgrupo
Clasificación
Vacantes
Denominación
Sistema acceso
C
C1
Policía Local
1
Agente de Policía Local
Oposición libre
El procedimiento para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local por el turno libre constará de dos fases:
— Oposición.
— Curso formativo.
SEGUNDA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
De conformidad con el artículo 48 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
para poder participar en los procesos selectivos de acceso a las categorías de los Cuerpos de Policía Local o a las plazas de
policías en los ayuntamientos que no hayan constituido Cuerpo de Policía Local es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
para el acceso al empleo público.
c) Estar en posesión de las titulaciones académicas exigibles correspondientes a los grupos de clasificación del
personal funcionario y establecidas en el artículo 13 de las mencionadas Normas Marco; a saber: Título de
Bachiller o Técnico (Ciclo Formativo de Grado Superior de Formación Profesional, Formación Profesional de
segundo grado o equivalente), o haber finalizado los estudios y abonado los derechos correspondientes para
su obtención. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro órgano competente en la materia, que
acredite la citada equivalencia.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes
funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
e) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de
expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación mediante certificado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2021/0129, de fecha 06/05/2021, las bases y la convocatoria para
cubrir la plaza vacante de Agente de Policía Local del Cuerpo de la Policía Local del municipio de Valdelacalzada, se abre el
plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este
anuncio en Boletín Oficial del Estado.
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERO. NORMAS GENERALES.
Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad la plaza que se incluye en la oferta pública de empleo correspondiente
al ejercicio del año 2021 aprobada por resolución de Alcaldía de 4 de mayo de 2021, cuyas características son:
Grupo
Subgrupo
Clasificación
Vacantes
Denominación
Sistema acceso
C
C1
Policía Local
1
Agente de Policía Local
Oposición libre
El procedimiento para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local por el turno libre constará de dos fases:
— Oposición.
— Curso formativo.
SEGUNDA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
De conformidad con el artículo 48 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
para poder participar en los procesos selectivos de acceso a las categorías de los Cuerpos de Policía Local o a las plazas de
policías en los ayuntamientos que no hayan constituido Cuerpo de Policía Local es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
para el acceso al empleo público.
c) Estar en posesión de las titulaciones académicas exigibles correspondientes a los grupos de clasificación del
personal funcionario y establecidas en el artículo 13 de las mencionadas Normas Marco; a saber: Título de
Bachiller o Técnico (Ciclo Formativo de Grado Superior de Formación Profesional, Formación Profesional de
segundo grado o equivalente), o haber finalizado los estudios y abonado los derechos correspondientes para
su obtención. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro órgano competente en la materia, que
acredite la citada equivalencia.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes
funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de
embarazo o parto.
e) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de
expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación mediante certificado.
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