Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02104/2021)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de personal laboral fijo denominada Conserje, mediante el sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Solana de los Barros
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de persistir el mismo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y de persistir el mismo, se
resolverá según criterio objetivo que adopte el Tribunal.
SÉPTIMA.- Resolución de la convocatoria.
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, por orden de puntuación y elevará dicha relación
a la Presidencia de la Corporación para que autorice la contratación.
OCTAVA.- Presentación de documentos.
La persona seleccionada deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Solana de los Barros, dentro del
plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los
siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia del DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan en España, deberán
presentar una fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta
de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal
de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor. Los/as aspirantes extranjeros que
sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en
España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o
pasaporte y fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria. Los
familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del
visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber
solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación
expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o
promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar fotocopia compulsada de la documentación que
acredite que se encuentran en situación de residente temporal o permanente, que tienen autorización para
residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su
integración social.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, o de no
estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública para los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como
anexo III de esta convocatoria.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico, que
imposibilite para el servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) Copia del carné de conducir B en vigor.
f) Declaración jurada de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen dicha documentación, salvo causas de fuerza mayor, o no reunieran los
requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones con respecto a dicho aspirante, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la
convocatoria.
NOVENA.- Período de prueba.
Se establece un período de prueba de dos meses con los aspirantes que resulten seleccionados. Este período de prueba
tendrá el alcance y efectos que determine el artículo 14.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de persistir el mismo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y de persistir el mismo, se
resolverá según criterio objetivo que adopte el Tribunal.
SÉPTIMA.- Resolución de la convocatoria.
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, por orden de puntuación y elevará dicha relación
a la Presidencia de la Corporación para que autorice la contratación.
OCTAVA.- Presentación de documentos.
La persona seleccionada deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Solana de los Barros, dentro del
plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los
siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia del DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan en España, deberán
presentar una fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta
de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal
de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor. Los/as aspirantes extranjeros que
sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en
España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o
pasaporte y fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria. Los
familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del
visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber
solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación
expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o
promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar fotocopia compulsada de la documentación que
acredite que se encuentran en situación de residente temporal o permanente, que tienen autorización para
residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su
integración social.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, o de no
estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública para los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como
anexo III de esta convocatoria.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico, que
imposibilite para el servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) Copia del carné de conducir B en vigor.
f) Declaración jurada de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen dicha documentación, salvo causas de fuerza mayor, o no reunieran los
requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones con respecto a dicho aspirante, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la
convocatoria.
NOVENA.- Período de prueba.
Se establece un período de prueba de dos meses con los aspirantes que resulten seleccionados. Este período de prueba
tendrá el alcance y efectos que determine el artículo 14.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se
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