Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (02031/2021)
Convocatoria y bases específicas reguladoras de subvenciones, dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas ubicadas en la provincia de Badajoz, para el desarrollo de los planes de formación del personal empleado a su servicio
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 2031/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Badajoz
Anuncio 2031/2021
Convocatoria y bases específicas reguladoras de subvenciones, dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas
ubicadas en la provincia de Badajoz, para el desarrollo de los planes de formación del personal empleado a su servicio
BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, DIRIGIDAS A PERSONAS
TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y EMPRESAS CON SEDE SOCIAL Y CENTROS OPERATIVOS EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA
EL DESARROLLO DE LOS PLANES DE FORMACIÓN DEL PERSONAL EMPLEADO A SU SERVICIO
CONVOCATORIA DE 2021
En Badajoz, a 30 de abril de 2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y
modificado por la Ley 57/ 2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, entre las
competencias de las diputaciones están las relacionadas con la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social
y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en
este ámbito.
A tales efectos, en mayo de 2017 se suscribió un convenio entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del SEXPE, y
las Diputaciones de Cáceres y Badajoz, cuyo objeto es establecer el marco de colaboración entre las tres Administraciones,
para mejorar la coordinación, la calidad y los resultados de los servicios que se prestan en materia de orientación y
formación profesional para el empleo o el mantenimiento del mismo y de programas de desarrollo económico y social en el
ámbito rural.
En relación con ello, los motores de empleo y de desarrollo económico del medio rural son sus empresas, y para favorecer
su crecimiento y la mejora continua de sus procesos productivos y transformadores, requieren del mantenimiento de una
formación permanente de sus trabajadores, pero adaptada a las necesidades reales de las mismas en esta materia.
Por ello, la Diputación Provincial de Badajoz considera necesario establecer una línea de ayudas dirigidas a las empresas,
para fomentar la programación y el desarrollo de acciones formativas de sus propios trabajadores, ajustadas a sus
demandas y necesidades concretas, tanto en los tipos y contenidos de las acciones a impartir, como en los aspectos
organizativos de las mismas.
Por consiguiente, vista la propuesta de bases reguladoras sobre esta línea de subvenciones, formulada por la Dirección del
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza
General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria primera del
Reglamento del Registro Electrónico de esta Diputación
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas y la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las
personas trabajadoras autónomas y empresas ubicadas en la provincia de Badajoz, que deseen programar y desarrollar los
programas de formación del personal empleado a su servicio, durante el año 2021, así como sus anexos, cuyos textos forma
parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan, para posibilitar su remisión por vía
telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de subvención (anexo I).
2. Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención (anexo V).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Cuarto.- Aprobar que el procedimiento para la concesión de las subvenciones de esta convocatoria se desarrolle conforme
al régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ubicadas en la provincia de Badajoz, para el desarrollo de los planes de formación del personal empleado a su servicio
BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, DIRIGIDAS A PERSONAS
TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y EMPRESAS CON SEDE SOCIAL Y CENTROS OPERATIVOS EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA
EL DESARROLLO DE LOS PLANES DE FORMACIÓN DEL PERSONAL EMPLEADO A SU SERVICIO
CONVOCATORIA DE 2021
En Badajoz, a 30 de abril de 2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y
modificado por la Ley 57/ 2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, entre las
competencias de las diputaciones están las relacionadas con la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social
y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en
este ámbito.
A tales efectos, en mayo de 2017 se suscribió un convenio entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del SEXPE, y
las Diputaciones de Cáceres y Badajoz, cuyo objeto es establecer el marco de colaboración entre las tres Administraciones,
para mejorar la coordinación, la calidad y los resultados de los servicios que se prestan en materia de orientación y
formación profesional para el empleo o el mantenimiento del mismo y de programas de desarrollo económico y social en el
ámbito rural.
En relación con ello, los motores de empleo y de desarrollo económico del medio rural son sus empresas, y para favorecer
su crecimiento y la mejora continua de sus procesos productivos y transformadores, requieren del mantenimiento de una
formación permanente de sus trabajadores, pero adaptada a las necesidades reales de las mismas en esta materia.
Por ello, la Diputación Provincial de Badajoz considera necesario establecer una línea de ayudas dirigidas a las empresas,
para fomentar la programación y el desarrollo de acciones formativas de sus propios trabajadores, ajustadas a sus
demandas y necesidades concretas, tanto en los tipos y contenidos de las acciones a impartir, como en los aspectos
organizativos de las mismas.
Por consiguiente, vista la propuesta de bases reguladoras sobre esta línea de subvenciones, formulada por la Dirección del
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza
General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria primera del
Reglamento del Registro Electrónico de esta Diputación
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas y la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las
personas trabajadoras autónomas y empresas ubicadas en la provincia de Badajoz, que deseen programar y desarrollar los
programas de formación del personal empleado a su servicio, durante el año 2021, así como sus anexos, cuyos textos forma
parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan, para posibilitar su remisión por vía
telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de subvención (anexo I).
2. Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención (anexo V).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Cuarto.- Aprobar que el procedimiento para la concesión de las subvenciones de esta convocatoria se desarrolle conforme
al régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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