Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01962/2021)
Bases por la que se regula la octava convocatoria de la Diputación de Badajoz del fondo financiero extremeño de anticipos reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz, a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR)
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Anuncio 1962/2021

f) En el supuesto de que la entidad local solicitante no esté sujeta a un Plan de Ajuste, autorización o solicitud
de autorización con anterioridad a la finalización del plazo de solicitudes al órgano de tutela de la aprobación
del Plan de Saneamiento Financiero para corregir, en el plazo máximo de cinco años, el signo del Remanente
de Tesorería para gastos generales antes definido o del Ahorro neto negativo, o del Plan de Saneamiento y de
Reducción de deuda en el caso de que presentasen además un nivel de endeudamiento superior al 75% de
sus ingresos corrientes liquidados en el ejercicio inmediato anterior. El pago quedará condicionado a la
aprobación de precitados planes por el Ministerio.
En_____________________________, a _______ de ___________________ de 2021.
V.º B.º:

Fdo.: _____________________________

El/la Alcalde/sa,

Fdo.: _____________________________

Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.

B) Si la entidad contase con Secretario-Interventor.
D./D.ª _______, en calidad de Secretario-Interventor/a del Ayuntamiento de _______ en relación con la solicitud de anticipo
reintegrable con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz,
convocatoria publicada en el BOP número el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente,
certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) Resolución o acuerdo de fecha _______ emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria que
regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, Línea XX (definición), por el importe de _______
euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea), la
autorización al OAR y, en su caso, a Diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización del
anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, y el número de plazos (mensuales o
trimestrales, según proceda) en el que reintegrará el citado anticipo que, en ningún caso, podrá exceder de 10
años desde el pago.
b) Aprobación definitiva del presupuesto del ejercicio 2021 publicado en BOP número _______, de fecha_______.
c) Aprobación de la liquidación del ejercicio 2019 o 2020 con Ahorro Neto negativo, calculado de acuerdo con
la normativa vigente.
d) Aprobación de la liquidación del ejercicio 2019 o 2020 con remanente de tesorería para gastos generales
negativo (una vez aplicado el saldo de la cuenta 413).
e) Que el importe de las operaciones de crédito a corto plazo, formalizadas con anterioridad a 1 de enero de
2021, que solicitan sustituir a largo plazo, no supera la cuantía solicitada a la fecha de la presentación de la
solicitud.
f) En el supuesto de que la entidad local solicitante no esté sujeta a un Plan de Ajuste, autorización o solicitud
de autorización con anterioridad a la finalización del plazo de solicitudes al órgano de tutela de la aprobación
del Plan de Saneamiento Financiero para corregir, en el plazo máximo de cinco años, el signo del remanente
de tesorería para gastos generales antes definido o del Ahorro neto negativo, o del Plan de Saneamiento y de
Reducción de deuda en el caso de que presentasen además un nivel de endeudamiento superior al 75% de
sus ingresos corrientes liquidados en el ejercicio inmediato anterior. El pago quedará condicionado a la
aprobación de precitados planes por el Ministerio.
En_____________________________, a _______ de ___________________ de 2021.
V.º B.º:

El/la Alcalde/sa,

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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