Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01962/2021)
Bases por la que se regula la octava convocatoria de la Diputación de Badajoz del fondo financiero extremeño de anticipos reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz, a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR)
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
Badajoz
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Bases por la que se regula la octava convocatoria de la Diputación de Badajoz del fondo financiero extremeño de anticipos
reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz, a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR)

BASES POR LA QUE SE REGULA LA OCTAVA CONVOCATORIA DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DEL FONDO FINANCIERO
EXTREMEÑO DE ANTICIPOS REINTEGRABLES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, A TRAVÉS DEL
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN (OAR)
Con la finalidad de prestar asistencia y cooperación económica a los municipios, actividad que se configura como núcleo
esencial de las competencias provinciales, como se desprende de lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases del
Régimen Local, cuyo artículo 36.1 b) atribuye a la provincia "la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los
municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión".
Vista la propuesta del Gerente del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión de Tributos de la Diputación Provincial
de Badajoz por la que se estima necesaria la aprobación de la octava convocatoria del fondo financiero extraordinario de
anticipos reintegrables y de las bases reguladoras de la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en relación con el Decreto del Presidente de Diputación Provincial de Badajoz y del OAR de 5 de julio de
2019, publicado en BOP el 8 del mismo, relativo a delegación de competencias para el mandato 2019-2023, así como con la
base de ejecución 64.a) de las que rigen el presupuesto,
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la octava convocatoria del fondo financiero extraordinario de anticipos reintegrables a
entidades locales de la provincia de Badajoz y las bases por las que se regula.
Segundo.- Dar traslado de la presente resolución al Consejo Rector del OAR, así como al Pleno de la
Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia para garantizar su divulgación y facilitar su conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, podrá interponerse, potestativamente recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz,
dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la
Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que
territorialmente corresponda de los de la provincia de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha
anteriormente indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos con lo dispuesto por los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y a los artículos 8, 10, 14, 25 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Badajoz, a 28 de abril de 2021.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.- P.D. El Vicepresidente del OAR, Saturnino
Alcázar Vaquerizo.- Ante mí: El Secretario General, José M.ª Cumbres Jiménez.
______________
BASES POR LA QUE SE REGULA LA OCTAVA CONVOCATORIA DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DEL FONDO FINANCIERO
EXTREMEÑO DE ANTICIPOS REINTEGRABLES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, A TRAVÉS DEL
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN (OAR)
En aras a continuar con esta política presupuestaria de ayuda financiera a los municipios, a través de la Diputación de
Badajoz, se abre una nueva convocatoria por importe de 8.000.000 de euros, consignados en las siguientes aplicaciones
presupuestarias:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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