Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01962/2021)
Bases por la que se regula la octava convocatoria de la Diputación de Badajoz del fondo financiero extremeño de anticipos reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz, a través del Organismo Autónomo de Recaudación (OAR)
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
Anuncio 1962/2021
del TRLRHL, con destino a saneamiento del remanente de Tesorería para gastos generales negativos.
Línea 1.2. Anticipos reintegrables destinados a financiar préstamos de mandato previstos en el artículo 177.5
del TRLRHL, para gastos nuevos o mayores gastos por operaciones corrientes que expresamente sean
declarados necesarios y urgentes por el Pleno de la entidad local.
B) Si la Corporación cuenta con Secretario-Interventor.
D./D.ª _________, en calidad de Secretario-Interventor/a del Ayuntamiento de _________ en relación con la solicitud de anticipo
reintegrable con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz,
convocatoria publicada en el BOP el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el
cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) resolución o acuerdo de fecha _________ emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria que
regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, Línea XX (definición), por el importe de _________
euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea), la
autorización al OAR y, en su caso, a Diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización del
anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, la necesidad y urgencia de los nuevos o
mayores gastos por operaciones corrientes y el número de pagos (XX mensuales/trimestrales, según proceda)
que cumpliendo con las bases de referencia no exceda del plazo máximo de amortización (mayo 2023, y en
todo caso antes de la renovación de la Corporación).
b) Presupuesto definitivo 2021 publicado en BOP número _________, de fecha _________.
c) Ahorro neto positivo de la liquidación 2020, calculado en la forma que establece el artículo 53.1 del TRLRHL.
d) Volumen total del capital vivo resultante de la liquidación 2020, incluido el préstamo que se solicita, no
excede del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados
contables consolidados, con sujeción al Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la
Normativa de Estabilidad Presupuestaria.
e) La no necesidad de autorización de la operación por parte del Ministerio de Hacienda, o en caso contrario,
su autorización o solicitud de autorización.
f) Cumplimiento de los requisitos y límites establecidos en el artículo 177.5 del TRLRHL.
g) Aprobación de la liquidación del ejercicio 2020 con remanente de tesorería negativo y su importe, en caso
de concurrir por la primera opción de la línea 1.
En_____________________________, a _______ de ___________________ de 2021.
V.º B.º:
El/la Alcalde/sa,
Fdo.: _____________________________
Fdo.: _____________________________
Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
__________
ANEXO II:
II.1. SOLICITUD DE ANTICIPO REINTEGRABLE CON CARGO AL FONDO FINANCIERO DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PARA LAS
ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA.
Línea 2. Anticipos reintegrables para la financiación de inversiones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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del TRLRHL, con destino a saneamiento del remanente de Tesorería para gastos generales negativos.
Línea 1.2. Anticipos reintegrables destinados a financiar préstamos de mandato previstos en el artículo 177.5
del TRLRHL, para gastos nuevos o mayores gastos por operaciones corrientes que expresamente sean
declarados necesarios y urgentes por el Pleno de la entidad local.
B) Si la Corporación cuenta con Secretario-Interventor.
D./D.ª _________, en calidad de Secretario-Interventor/a del Ayuntamiento de _________ en relación con la solicitud de anticipo
reintegrable con cargo al fondo financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la provincia de Badajoz,
convocatoria publicada en el BOP el _________, en ejercicio de las funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el
cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases precitadas:
a) resolución o acuerdo de fecha _________ emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria que
regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, Línea XX (definición), por el importe de _________
euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea), la
autorización al OAR y, en su caso, a Diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización del
anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, la necesidad y urgencia de los nuevos o
mayores gastos por operaciones corrientes y el número de pagos (XX mensuales/trimestrales, según proceda)
que cumpliendo con las bases de referencia no exceda del plazo máximo de amortización (mayo 2023, y en
todo caso antes de la renovación de la Corporación).
b) Presupuesto definitivo 2021 publicado en BOP número _________, de fecha _________.
c) Ahorro neto positivo de la liquidación 2020, calculado en la forma que establece el artículo 53.1 del TRLRHL.
d) Volumen total del capital vivo resultante de la liquidación 2020, incluido el préstamo que se solicita, no
excede del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados
contables consolidados, con sujeción al Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y a la
Normativa de Estabilidad Presupuestaria.
e) La no necesidad de autorización de la operación por parte del Ministerio de Hacienda, o en caso contrario,
su autorización o solicitud de autorización.
f) Cumplimiento de los requisitos y límites establecidos en el artículo 177.5 del TRLRHL.
g) Aprobación de la liquidación del ejercicio 2020 con remanente de tesorería negativo y su importe, en caso
de concurrir por la primera opción de la línea 1.
En_____________________________, a _______ de ___________________ de 2021.
V.º B.º:
El/la Alcalde/sa,
Fdo.: _____________________________
Fdo.: _____________________________
Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
__________
ANEXO II:
II.1. SOLICITUD DE ANTICIPO REINTEGRABLE CON CARGO AL FONDO FINANCIERO DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PARA LAS
ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA.
Línea 2. Anticipos reintegrables para la financiación de inversiones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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