Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01923/2021)
Bases y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Peón de jardinería, laboral fijo, en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 1923/2021

a) La experiencia profesional se valorará con un máximo de 2 puntos:
A la experiencia profesional en la categoría profesional (grupo de cotización 10 o superior) y
puesto con funciones idénticas o similares (y superiores) a las fijadas en la RPT (puesto 54, peón
jardinería), en el sector público o privado, hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,05 puntos por mes completo de servicios efectivos
a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el
porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
b) Titulación superior a la requerida, se valorará con un máximo de 2 puntos:
Titulación específica o superior a la requerida relacionada con jardinería y gestión forestal,
hasta un máximo de 2 puntos: Se valorará la titulación superior a la requerida en la
convocatoria con 2 puntos por diplomatura o licenciatura (o título equivalente), 1,5 puntos por
título de técnico superior (o equivalente), 1 punto por título de técnico medio, certificado de
profesionalidad, titulación obtenida en programas ETCOTE, @prendizext o similar, relacionado
con la ocupación. Solo le valorará un título, al que se otorgue mayor puntuación.
c) Cursos de formación.- Los cursos se valorarán hasta un máximo de 2 puntos. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados
en colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector
público/centros de enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública,
debidamente acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias
directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta (y relacionado con las materias del
Anexo I), atendiendo al siguiente desglose:
De 10 horas a 24 horas: 0,25 puntos
De 25 horas a 59 horas: 0,50 puntos
De 60 horas en adelante: 0,75 puntos.
Los cursos/títulos en los que no consten horas lectivas (o no figure la norma en la que conste la
duración) no se valorarán.

RESOLUCIÓN DE EMPATES:
Una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y concurso, en caso de empate, se resolverá por la mejor
puntuación obtenida en el primer ejercicio, si prosiguiera el empate, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio,
si persiste el empate, se resolverá por el orden en que figuran los méritos según esta base, y por último, si continuara dicho
empate, se resolverá por sorteo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria y constitución de lista de espera: Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación (precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de
plazas vacantes convocadas) y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, siendo publicada dicha relación el
Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días
hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
El Alcalde contratará al aspirante propuesto, en el plazo de un mes a contar desde la terminación de los veinte días
anteriores.
El aspirante seleccionado deberá superar el período de prueba de un plazo de dos meses.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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