Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01923/2021)
Bases y convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Peón de jardinería, laboral fijo, en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 1923/2021
FASE OPOSICIÓN:
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados
como aptos en la citada fase de oposición.
A) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en una hora, un cuestionario de
cuarenta preguntas (más 4 preguntas de reserva, para el caso de que alguna pregunta fuera anulada), con
cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario anexo correspondiente (La prueba tiene carácter
eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos).
Solo podrán superar la primera prueba las 20 mejores notas obtenidas en el test, salvo en caso de empate, en
el que podrán acceder a las siguientes pruebas las personas que hubieran empatado con la 20ª mejor nota.
B) Segunda prueba: Consistirá en la realización de una prueba o supuesto práctico relacionado con el
contenido del temario, y el manejo de maquinaria y herramientas de jardinería, y mecánica básica de
maquinaria de jardinería. El tiempo para la realización de esta prueba será determinado por el Tribunal. (La
prueba tiene carácter eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos). El Tribunal deberá garantizar
la incomunicación entre los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro
más conveniente.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estime oportunos. Ante el
incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las Actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
C) Determinación de la puntuación: La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su
calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos, debiendo obtener al menos
una puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio. En la primera prueba, tipo test, cada respuesta
correcta sumará 0,25 puntos. El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones
otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de
dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones
máximas y otra de las mínimas. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones
obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
FASE CONCURSO:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de
6 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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FASE OPOSICIÓN:
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados
como aptos en la citada fase de oposición.
A) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en una hora, un cuestionario de
cuarenta preguntas (más 4 preguntas de reserva, para el caso de que alguna pregunta fuera anulada), con
cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario anexo correspondiente (La prueba tiene carácter
eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos).
Solo podrán superar la primera prueba las 20 mejores notas obtenidas en el test, salvo en caso de empate, en
el que podrán acceder a las siguientes pruebas las personas que hubieran empatado con la 20ª mejor nota.
B) Segunda prueba: Consistirá en la realización de una prueba o supuesto práctico relacionado con el
contenido del temario, y el manejo de maquinaria y herramientas de jardinería, y mecánica básica de
maquinaria de jardinería. El tiempo para la realización de esta prueba será determinado por el Tribunal. (La
prueba tiene carácter eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos). El Tribunal deberá garantizar
la incomunicación entre los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro
más conveniente.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estime oportunos. Ante el
incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las Actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
C) Determinación de la puntuación: La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su
calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos, debiendo obtener al menos
una puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio. En la primera prueba, tipo test, cada respuesta
correcta sumará 0,25 puntos. El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones
otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de
dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones
máximas y otra de las mínimas. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones
obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
FASE CONCURSO:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de
6 puntos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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