Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1860/2021)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Profesor/a Superior de Música, especialidad en lenguaje musical
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 1860/2021
Quinta.- Tribunal de selección.
Estará integrada por cinco miembros (una presidencia, tres vocalías y una secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario
de carrera y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones
pueden asistir como observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la
Diputación de Badajoz. Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo
ser recusadas por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá el/la vocal presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de Diputación o de otras Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
Sexta.- Procedimiento de selección.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.b del Reglamento de Funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación
Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos, para formar parte de la bolsa de trabajo hay que superar todas las
pruebas que integran la presente convocatoria. La convocatoria se resolverá por el procedimiento de oposición. Las
personas que resulten admitidas deberán superar dos ejercicios, independientes, específicos y eliminatorios que consistirán
en:
- Primer ejercicio (diez puntos máximo). Prueba de entonación, audición y acompañamiento:
a) Realización de un dictado a 2 voces.
b) Entonación de una obra propuesta por el Tribunal con acompañamiento de piano. Las
personas aspirantes dispondrán de un breve tiempo para su preparación. Un miembro del
Tribunal realizará el acompañamiento de la obra.
c) Entonación y acompañamiento al piano a primera vista de una lección de entonación. Las
personas aspirantes dispondrán de un breve tiempo para su preparación.
d) Improvisación al piano del acompañamiento de una canción propuesta por el Tribunal. Las
personas aspirantes dispondrán de un breve tiempo para su preparación.
- Segundo ejercicio (diez puntos máximo). Unidad didáctica y clase.
a) Desarrollo de una unidad didáctica basada en una canción propuesta por el Tribunal en el
momento de la prueba. Las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 2 horas
para su preparación. Podrán traer todo el material que necesiten para ello.
b) Impartición de una clase basada en la unidad desarrollada. Tiempo de clase, 15 minutos.
- Tercer ejercicio (diez puntos máximo). Instrumental:
a) Lectura a primera vista de una obra de piano propuesta por el Tribunal. La persona aspirante
dispondrá de un breve tiempo para su preparación (sin tocar).
b) Ejecución al piano de repertorio libre. Máximo 10 minutos.
Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y
su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada una de ellos, debiendo obtener al
menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio. Los ejercicios se calificarán con la media resultante de
las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quinta.- Tribunal de selección.
Estará integrada por cinco miembros (una presidencia, tres vocalías y una secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario
de carrera y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones
pueden asistir como observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la
Diputación de Badajoz. Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo
ser recusadas por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá el/la vocal presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de Diputación o de otras Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
Sexta.- Procedimiento de selección.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.b del Reglamento de Funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación
Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos, para formar parte de la bolsa de trabajo hay que superar todas las
pruebas que integran la presente convocatoria. La convocatoria se resolverá por el procedimiento de oposición. Las
personas que resulten admitidas deberán superar dos ejercicios, independientes, específicos y eliminatorios que consistirán
en:
- Primer ejercicio (diez puntos máximo). Prueba de entonación, audición y acompañamiento:
a) Realización de un dictado a 2 voces.
b) Entonación de una obra propuesta por el Tribunal con acompañamiento de piano. Las
personas aspirantes dispondrán de un breve tiempo para su preparación. Un miembro del
Tribunal realizará el acompañamiento de la obra.
c) Entonación y acompañamiento al piano a primera vista de una lección de entonación. Las
personas aspirantes dispondrán de un breve tiempo para su preparación.
d) Improvisación al piano del acompañamiento de una canción propuesta por el Tribunal. Las
personas aspirantes dispondrán de un breve tiempo para su preparación.
- Segundo ejercicio (diez puntos máximo). Unidad didáctica y clase.
a) Desarrollo de una unidad didáctica basada en una canción propuesta por el Tribunal en el
momento de la prueba. Las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 2 horas
para su preparación. Podrán traer todo el material que necesiten para ello.
b) Impartición de una clase basada en la unidad desarrollada. Tiempo de clase, 15 minutos.
- Tercer ejercicio (diez puntos máximo). Instrumental:
a) Lectura a primera vista de una obra de piano propuesta por el Tribunal. La persona aspirante
dispondrá de un breve tiempo para su preparación (sin tocar).
b) Ejecución al piano de repertorio libre. Máximo 10 minutos.
Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y
su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada una de ellos, debiendo obtener al
menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio. Los ejercicios se calificarán con la media resultante de
las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima
cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas
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