Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (1814/2021)
Bases reguladoras para concesión de ayudas económicas directas destinadas a reducir impacto en actividad económica y empleo como consecuencia del cierre o suspensión temporal de establecimientos y actividades derivadas por la crisis sanitaria Covid-19
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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La justificación de estas ayudas y el cumplimiento de su finalidad se considerarán realizados mediante la presentación de
toda la documentación exigida en estas bases, por lo que una vez resuelta la concesión de la ayuda se tramitará el pago de
esta al beneficiario.
Las subvenciones se harán efectivas mediante un único pago al beneficiario, una vez se haya resuelto sobre su concesión,
previa comprobación de los requisitos exigidos.
12. Incumplimiento, revocación y reintegro de las ayudas.
1. Procederá la revocación de la ayuda y el reintegro total de las cantidades percibidas, en los casos
establecidos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
demás normativa que resulte de aplicación, así como en el caso de incumplimiento de las obligaciones
recogidas en las presentes bases.
2. El procedimiento de reintegro se ajustará a lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. La resolución por la que se acuerde el reintegro de la subvención
será adoptada por el órgano competente. Además del reintegro de los fondos públicos percibidos
indebidamente, se exigirá el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención
hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. El interés exigible se calculará sobre el importe
a reintegrar de la subvención concedida. La falta de reintegro de las cantidades reclamadas, en periodo
voluntario, dará lugar a su cobro por vía de apremio con arreglo a la normativa vigente.
3. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, las funciones de control y demás que comporten el ejercicio de
potestades administrativas, serán ejercidas por los órganos del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
13. Publicidad.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento
https://lossantosdemaimona.sedelectronica.es/info.0 y en la web www.lossantosdemaimona.com, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el
extracto de la convocatoria de las ayudas reguladas en las presentes bases se publicará, por conducto de la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/), en el Boletín Oficial de la Provincia.
Todas las ayudas y subvenciones concedidas serán objeto de publicidad en los términos establecidos en el artículo 30 del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, como en el Boletín Oficial de la Provincia, cuando sea necesario, y en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, indicando el beneficiario y la cuantía concedida.
14. Protección de datos.
En cumplimiento con la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recabados se incorporan a
los ficheros del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, con las finalidades propias de esta ayuda. Se podrán ejercer los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante este Ayuntamiento.
La aprobación de las presentes bases ha sido autorizada, mediante acuerdo de Pleno de fecha 13 de abril de 2021.
Los Santos de Maimona, a 8 de abril de 2021.- El Alcalde, Manuel Lavado Barroso.
_______________
ANEXO I
Solicitud de ayudas económicas destinadas a reducir el impacto en la actividad económica y el empleo como consecuencia
del cierre o suspensión temporal de los establecimientos y actividades según los acuerdos del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura de enero de 2021.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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