Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (1750/2021)
Bases reguladoras para concesión de ayudas a empresas y autónomos/as del sector de hostelería que realizan su actividad ocupando vías y espacios públicos con autorización en Burguillos del Cerro, para minimizar el impacto económico de la COVID-19
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 1750/2021
No obstante lo anterior, el beneficiario deberá aportar resguardo de abono de la tasa municipal objeto de la subvención.
4. COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES O AYUDAS.
El otorgamiento de esta subvención por parte del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro es compatible con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
5. INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, de los intereses devengados por la subvención, así como la exigencia
del interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la
procedencia del reintegro, en los casos y en los términos establecidos en los artículos 37 a 40 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
6. INFRACCIONES.
Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudiesen ser cometidas por los beneficiarios se graduarán y
sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
7. RÉGIMEN JURÍDICO.
Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este acuerdo, por lo establecido en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, por el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006.
8. PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
1. El procedimiento se iniciará mediante solicitud de los beneficiarios que deberá presentarse en el plazo de 6 días naturales
desde la publicación de estas bases y su convocatoria.
Al procedimiento le será de aplicación la tramitación de urgencia, conforme establece el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
2. Los solicitantes deberán estar al corriente de pago de las obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social, o
cualquier otra de las obligaciones señaladas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El
cumplimiento de estas obligaciones podrá ser constatado directamente por el Ayuntamiento, mediante la consulta de las
plataformas de interoperabilidad de las Administraciones Públicas, si cuenta con la autorización de los solicitantes. Los
solicitantes que no autoricen la consultan deberán aportar junto con la solicitud las correspondientes certificaciones.
Los interesados deberán formalizar la solicitud con arreglo al siguiente contenido:
Nombre o denominación social y NIF, y datos de la persona que actúa en representación del solicitante, en su caso.
Dirección del establecimiento.
Indicación de la cuenta corriente de la que el solicitante sea titular y en la que deberá ingresarse la ayuda.
Declaración responsable firmada por el solicitante o su representante, de la veracidad de todos los datos contenidos
en la solicitud, y del cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Autorización al Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la comprobación del cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y con la Seguridad Social, mediante el uso de las plataformas de interoperabilidad de las Administraciones
Públicas.
El solicitante podrá denegar esta autorización comprometiéndose a aportar las correspondientes certificaciones de las
diferentes Administraciones Públicas.
3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las ayudas será de un mes contado desde la finalización del
plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se
producirá el silencio administrativo y la solicitud podrá entenderse desestimada.
El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local de acuerdo con el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Diligencia.- La pongo yo, la Secretaria-Interventora acctal. para hacer constar que las presentes bases fueron aprobadas por
acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 16 de marzo de 2021-04-13.
Burguillos del Cerro, 13 de abril de 2021.- La Secretaria-Interventora acctal., Carmen Timón Lozano.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No obstante lo anterior, el beneficiario deberá aportar resguardo de abono de la tasa municipal objeto de la subvención.
4. COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES O AYUDAS.
El otorgamiento de esta subvención por parte del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro es compatible con otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
5. INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, de los intereses devengados por la subvención, así como la exigencia
del interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la
procedencia del reintegro, en los casos y en los términos establecidos en los artículos 37 a 40 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
6. INFRACCIONES.
Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudiesen ser cometidas por los beneficiarios se graduarán y
sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
7. RÉGIMEN JURÍDICO.
Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este acuerdo, por lo establecido en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, por el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006.
8. PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
1. El procedimiento se iniciará mediante solicitud de los beneficiarios que deberá presentarse en el plazo de 6 días naturales
desde la publicación de estas bases y su convocatoria.
Al procedimiento le será de aplicación la tramitación de urgencia, conforme establece el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
2. Los solicitantes deberán estar al corriente de pago de las obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social, o
cualquier otra de las obligaciones señaladas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El
cumplimiento de estas obligaciones podrá ser constatado directamente por el Ayuntamiento, mediante la consulta de las
plataformas de interoperabilidad de las Administraciones Públicas, si cuenta con la autorización de los solicitantes. Los
solicitantes que no autoricen la consultan deberán aportar junto con la solicitud las correspondientes certificaciones.
Los interesados deberán formalizar la solicitud con arreglo al siguiente contenido:
Nombre o denominación social y NIF, y datos de la persona que actúa en representación del solicitante, en su caso.
Dirección del establecimiento.
Indicación de la cuenta corriente de la que el solicitante sea titular y en la que deberá ingresarse la ayuda.
Declaración responsable firmada por el solicitante o su representante, de la veracidad de todos los datos contenidos
en la solicitud, y del cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Autorización al Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la comprobación del cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y con la Seguridad Social, mediante el uso de las plataformas de interoperabilidad de las Administraciones
Públicas.
El solicitante podrá denegar esta autorización comprometiéndose a aportar las correspondientes certificaciones de las
diferentes Administraciones Públicas.
3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las ayudas será de un mes contado desde la finalización del
plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se
producirá el silencio administrativo y la solicitud podrá entenderse desestimada.
El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local de acuerdo con el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Diligencia.- La pongo yo, la Secretaria-Interventora acctal. para hacer constar que las presentes bases fueron aprobadas por
acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 16 de marzo de 2021-04-13.
Burguillos del Cerro, 13 de abril de 2021.- La Secretaria-Interventora acctal., Carmen Timón Lozano.
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