Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (1723/2021)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz a organizaciones profesionales agrarias de Extremadura para ejecución de actividades de formación e información a profesionales de la agricultura y la ganadería durante 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 1723/2021
5. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con acreditación
del importe y su procedencia.
E. Formato. Tanto el informe técnico o memoria del proyecto, las facturas y los documentos justificativos del
pago, así como el informe económico deberán de entregarse en formato digital, sin perjuicio que los
documentos originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se pueda realizar por el
órgano concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las
circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La Diputación podrá conceder una ampliación del
plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación (quince días) si lo
considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre que esta
solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización del plazo de la justificación.
Su concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
G. Requerimiento de justificación. Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el
órgano administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince
días sea presentada. La falta de presentación de la justificación o la incorrección de la misma, en este plazo,
llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la LGS.
Badajoz, 12 de abril de 2021.- El Presidente, P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP n.º 128, 08/07/2019), el Diputado Delegado del
Área de Desarrollo Rural y Sosteniblidad, Lorenzo Molina Medina.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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5. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con acreditación
del importe y su procedencia.
E. Formato. Tanto el informe técnico o memoria del proyecto, las facturas y los documentos justificativos del
pago, así como el informe económico deberán de entregarse en formato digital, sin perjuicio que los
documentos originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se pueda realizar por el
órgano concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las
circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La Diputación podrá conceder una ampliación del
plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación (quince días) si lo
considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre que esta
solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización del plazo de la justificación.
Su concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
G. Requerimiento de justificación. Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el
órgano administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince
días sea presentada. La falta de presentación de la justificación o la incorrección de la misma, en este plazo,
llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la LGS.
Badajoz, 12 de abril de 2021.- El Presidente, P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP n.º 128, 08/07/2019), el Diputado Delegado del
Área de Desarrollo Rural y Sosteniblidad, Lorenzo Molina Medina.
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www.dip-badajoz.es/bop
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