Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (1723/2021)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz a organizaciones profesionales agrarias de Extremadura para ejecución de actividades de formación e información a profesionales de la agricultura y la ganadería durante 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 1723/2021
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el/la representante legal de la
entidad en la que se haga una declaración de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, así como
una copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del
proyecto, destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen
corporativa, según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
Los indicadores de resultado y actividad, establecidos en la base 12 de la convocatoria, que deberán incluirse
en la tabla que figura en el anexo V son:
Localidades beneficiadas por el programa de actividades realizado por la Organización Profesional
Agraria.
Número de personas beneficiadas, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
D. Justificación económica.
Las entidades beneficiarias deberán justificar, como mínimo, el doble del importe de la subvención concedida
para el desarrollo de las actividades para las que se concedió la subvención aportando la documentación
exigida en este apartado.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro o de pérdida del derecho al cobro de la subvención en
el porcentaje correspondiente al importe no justificado, y se procederá a incoar el correspondiente
expediente por la Diputación de Badajoz.
Se presentará el anexo de cuenta justificativa (anexo IV), debidamente cumplimentado que contendrá:
1. Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué fondos ha sido
financiada esta.
2. Relación clasificada de los gastos financiados con la subvención de Diputación de Badajoz,
con indicación de número de factura, acreedor, importe, fecha de emisión, fecha de pago y en
su caso, importe parcial imputado a la subvención de Diputación de Badajoz.
3. Relación clasificada de los gastos financiados con fondos propios u otras subvenciones o
recursos, con indicación de número de factura, acreedor, importe, fecha de emisión, fecha de
pago y en su caso, importe parcial imputado indicando la entidad financiadora.
4. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad subvencionada,
con acreditación de los importes e indicación de los CIF.
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el RD 1619/2012, o la legislación aplicable, demostrativos de
los gastos realizados y financiados solo con la aportación de Diputación. Dichas
facturas/documentos deberán presentarse de manera ordenada y referenciados con el
mismo número de orden con el que constan en la relación anterior, serán presentados
en formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni
estampillado. La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no
exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a disposición
de las mismas si le son requeridas por la Administración.
Justificantes del pago de los gastos, que se realizará mediante cualquier documento con
validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias bancarias, o
cheques con extracto bancario justificativo de que los mismos han sido cobrados. Se
podrán admitir los pagos en metálico en los términos establecidos en la base 5. Estos
pagos podrán acreditarse mediante movimientos de los libros o registros contables de
la correspondiente entidad, que en cualquier caso estarán a disposición de la
Diputación para que en un control financiero se pueda comprobar dichos movimientos.
En todo caso, la certificación de dichos pagos, deberá figurar en el anexo IV de
justificación. En los casos de pago en metálico o mediante cheque se exigirá el "recibí"
del emisor de la factura/documento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el/la representante legal de la
entidad en la que se haga una declaración de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, así como
una copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del
proyecto, destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen
corporativa, según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
Los indicadores de resultado y actividad, establecidos en la base 12 de la convocatoria, que deberán incluirse
en la tabla que figura en el anexo V son:
Localidades beneficiadas por el programa de actividades realizado por la Organización Profesional
Agraria.
Número de personas beneficiadas, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
D. Justificación económica.
Las entidades beneficiarias deberán justificar, como mínimo, el doble del importe de la subvención concedida
para el desarrollo de las actividades para las que se concedió la subvención aportando la documentación
exigida en este apartado.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro o de pérdida del derecho al cobro de la subvención en
el porcentaje correspondiente al importe no justificado, y se procederá a incoar el correspondiente
expediente por la Diputación de Badajoz.
Se presentará el anexo de cuenta justificativa (anexo IV), debidamente cumplimentado que contendrá:
1. Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué fondos ha sido
financiada esta.
2. Relación clasificada de los gastos financiados con la subvención de Diputación de Badajoz,
con indicación de número de factura, acreedor, importe, fecha de emisión, fecha de pago y en
su caso, importe parcial imputado a la subvención de Diputación de Badajoz.
3. Relación clasificada de los gastos financiados con fondos propios u otras subvenciones o
recursos, con indicación de número de factura, acreedor, importe, fecha de emisión, fecha de
pago y en su caso, importe parcial imputado indicando la entidad financiadora.
4. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad subvencionada,
con acreditación de los importes e indicación de los CIF.
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el RD 1619/2012, o la legislación aplicable, demostrativos de
los gastos realizados y financiados solo con la aportación de Diputación. Dichas
facturas/documentos deberán presentarse de manera ordenada y referenciados con el
mismo número de orden con el que constan en la relación anterior, serán presentados
en formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni
estampillado. La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no
exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a disposición
de las mismas si le son requeridas por la Administración.
Justificantes del pago de los gastos, que se realizará mediante cualquier documento con
validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias bancarias, o
cheques con extracto bancario justificativo de que los mismos han sido cobrados. Se
podrán admitir los pagos en metálico en los términos establecidos en la base 5. Estos
pagos podrán acreditarse mediante movimientos de los libros o registros contables de
la correspondiente entidad, que en cualquier caso estarán a disposición de la
Diputación para que en un control financiero se pueda comprobar dichos movimientos.
En todo caso, la certificación de dichos pagos, deberá figurar en el anexo IV de
justificación. En los casos de pago en metálico o mediante cheque se exigirá el "recibí"
del emisor de la factura/documento.
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