Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (1723/2021)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz a organizaciones profesionales agrarias de Extremadura para ejecución de actividades de formación e información a profesionales de la agricultura y la ganadería durante 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
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El plazo para presentar la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán preferentemente a través de medios electrónicos
mediante la presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes
bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de
todos los días del plazo establecido.
Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica mediante su presentación a través del registro electrónico ubicado en la
página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se describe, así como a través de
cualquier otro medio electrónico habilitado: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos.
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 181,
de 19 de septiembre de 2008, y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las organizaciones interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los
modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la
solicitud electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a la organización interesada la exhibición del
documento o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias
aportadas. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información
personal contenida en tales documentos.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse
en cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto. Igualmente se podrá hacer uso, para la
presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas aplicaciones informáticas que interactúen con
el Sistema de Interconexión de Registros (SIR). A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la
siguiente dirección web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
El solicitante deberá presentar, junto con su solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el
representante legal de la entidad, la siguiente documentación:
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiaria previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Formulario de identificación del proyecto según el anexo III, incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para el proyecto objeto de esta solicitud.
Documento acreditativo o certificado de tener sede en Extremadura.
Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el Registro de Terceros de la Diputación o que, estando inscritas,
deseen mdificar los datos incluidos en el mencionado Registro, deberán presentar modelo de alta a terceros y
modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica en la siguiente dirección electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=158&ent_id=10&idioma=1.
Copia de la tarjeta de la identificación fiscal/CIF.
Copia de los estatutos, y documento acreditativo de la representación legal del firmante de la solicitud.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la documentación relacionada anteriormente los solicitantes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El plazo para presentar la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán preferentemente a través de medios electrónicos
mediante la presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes
bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de
todos los días del plazo establecido.
Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica mediante su presentación a través del registro electrónico ubicado en la
página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se describe, así como a través de
cualquier otro medio electrónico habilitado: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos.
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 181,
de 19 de septiembre de 2008, y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las organizaciones interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los
modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la
solicitud electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a la organización interesada la exhibición del
documento o de la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias
aportadas. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información
personal contenida en tales documentos.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse
en cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto. Igualmente se podrá hacer uso, para la
presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas aplicaciones informáticas que interactúen con
el Sistema de Interconexión de Registros (SIR). A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la
siguiente dirección web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
El solicitante deberá presentar, junto con su solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el
representante legal de la entidad, la siguiente documentación:
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiaria previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Formulario de identificación del proyecto según el anexo III, incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para el proyecto objeto de esta solicitud.
Documento acreditativo o certificado de tener sede en Extremadura.
Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el Registro de Terceros de la Diputación o que, estando inscritas,
deseen mdificar los datos incluidos en el mencionado Registro, deberán presentar modelo de alta a terceros y
modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica en la siguiente dirección electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=158&ent_id=10&idioma=1.
Copia de la tarjeta de la identificación fiscal/CIF.
Copia de los estatutos, y documento acreditativo de la representación legal del firmante de la solicitud.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la documentación relacionada anteriormente los solicitantes
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