Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (1744/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones destinadas a organizaciones profesionales agrarias de Extremadura para la ejecución de actividades de formación e información a profesionales de la agricultura y la ganadería durante 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

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Cuarto.- Aprobar la Convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y su tramitación conforme a lo establecido en el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, dando fe de
todo ello como Secretario General.
En Badajoz, a 12 de abril de 2021.- El Presidente (Decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019). Fdo.: Miguel Ángel Gallardo Miranda.El Diputado Delegado del Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad Decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019). Fdo.: Lorenzo Molina
Medina.- Ante mí: El Secretario General. Fdo.: José María Cumbres Jiménez.
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BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS A
LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES AGRARIAS DE EXTREMADURA PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN
E INFORMACIÓN A PROFESIONALES DE LA AGRICULTURA Y LA GANADERÍA DURANTE EL AÑO 2021
En concordancia con los Planes Estratégicos de Subvenciones anuales de la Diputación de Badajoz y de conformidad con la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así
como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ha
establecido unas líneas generales de promoción e impulso para la realización de actividades formativas, divulgativas e
informativas dirigidas al sector agrario de la provincia de Badajoz destinadas a las organizaciones profesionales agrarias.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Estas líneas persiguen una mejora de la calidad de las actividades formativas (cursos de formación, charlas informativas,
jornadas, ponencias, etc.), divulgativas e informativas (asesoramiento técnico, edición de publicaciones, boletines, hojas
informativas, etc.) dirigidas a profesionales del sector agrario de la provincia de Badajoz, aplicando los objetivos, criterios y
valores de los Planes Estratégicos de Subvenciones en los que se enmarca la Delegación de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.
BASE 1. OBJETO.
El objeto de estas bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las
organizaciones profesionales agrarias, cuya finalidad sea la ejecución de actividades de formación e información a
profesionales de la agricultura y la ganadería de la provincia de Badajoz, durante todo el año 2021. Todas las actividades
subvencionadas deberán ser realizadas en la provincia de Badajoz.
BASE 2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta Convocatoria es de 60.000,00 euros, e irá imputada a
los créditos presupuestarios consignados en la aplicación presupuestaria 201/41900/480.26 de los Presupuestos Generales
de Diputación de Badajoz para el año 2021.
Con carácter simultáneo y condicionado a la aprobación de las presentes bases con convocatoria se aprueba el gasto en los
términos previstos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
BASE 3. REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las organizaciones profesionales agrarias más representativas de
Extremadura que cumplan los siguientes requisitos:
a. Haber obtenido al menos, un 15% de los votos válidos emitidos en el procedimiento electoral en toda la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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