Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (1744/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladora de subvenciones destinadas a organizaciones profesionales agrarias de Extremadura para la ejecución de actividades de formación e información a profesionales de la agricultura y la ganadería durante 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

Anuncio 1744/2021

BASE 14. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Diputación
Provincial de
Badajoz

C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071-Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

Finalidad del tratamiento

Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a organizaciones profesionales agrarias de Extremadura que
desarrollen actividades de formación e información a profesionales de la
agricultura y la ganadería durante el año 2021.

Legitimación del tratamiento

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.

Destinatarios de cesiones o
transferencias

No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los interesados

Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación
u oposición, así como otros.

Información adicional

www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente a la Delegación de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23. 06071-Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
BASE 15. RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
DISPOSICIONES ADICIONALES.
Primera.- En lo no regulado en estas Bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, la Ordenanza
Provincial de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la LGS, se
aprueba de forma conjunta a las Bases reguladoras, la Convocatoria y la aprobación del gasto, que desarrollará el
procedimiento para la concesión de las Subvenciones.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del Registro
Electrónico, al amparo de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Reglamento del Registro Electrónico de la
Diputación Provincial de Badajoz (BOP 19 de septiembre de 2008) se procede a la aprobación de los modelos de
documentos telemáticos que a continuación se relacionan y que se remitan por vía telemática mediante los sistemas de
firma electrónica previstos en el citado Reglamento:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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