Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Recursos Humanos (Badajoz). (1638/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno y de acceso a plazas del centro residencial para personas en situación de dependencia y autónomos (Residencia de Mayores) y Centro de Día
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Anuncio 1638/2021
personal o social.
A la privacidad de correspondencia, excepto aquellas cartas que contengan información médica y social del usuario y
que el centro tramitará según la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Cualquier otro u otros derechos que le reconozcan las leyes actuales o futuras.
El centro dispondrá de un libro u hojas de reclamaciones, debidamente autorizadas, que estará a disposición de los
usuarios y/o responsables legales o responsables solidarios.
Artículo 11.- Deberes de los usuarios y familiares.
Todos los usuarios del centro residencial, familiares y/o responsables legales o responsables solidarios, una vez cumplidos
todos los trámites de admisión, tendrán las siguientes obligaciones:
* Deberes de los usuarios del centro residencial:
Cumplir y conocer la normativa contenida en este reglamento de régimen interno.
Respetar los horarios establecidos de los servicios del centro para favorecer el correcto funcionamiento.
Respeto a los profesionales del centro
Respetar a los demás usuarios del centro residencial y a sus familiares.
Realizar o permitir que se le realice una higiene completa.
Contribuir al sostenimiento del equilibrio de silencio, serenidad y tranquilidad del centro.
No causar daños voluntarios materiales de ningún tipo en las instalaciones
No ausentarse del centro sin las correspondientes autorizaciones.
No negarse a recibir asistencia del personal del centro, ni impedir que se realice la limpieza diaria de su habitación.
No guardar en sus habitaciones ningún tipo de medicamentos no prescritos por sanitarios, ni alimentos perecederos.
Está totalmente prohibido entregar propinas al personal del centro
Cumplir con todas las normas de convivencia establecidas por la dirección del centro, así como las prescripciones
contenidas en el presente reglamento de régimen interno.
* Deberes de los familiares y/o responsables legales:
Cumplir y conocer la normativa contenida en este reglamento de régimen interno.
Respeto a los profesionales del centro.
Respetar los horarios establecidos de visita del centro para favorecer el correcto funcionamiento.
Proveer y renovar periódicamente los enseres del residente (ropa, calzado, material de aseo e higiene personal)
requeridos el día del ingreso, según las necesidades percibidas por el personal de atención directa.
Contribuir en caso de necesitar medios de protección específicos y medios técnicos (cojines anti-escaras, protectores
de barandillas, taloneras, sillas de ruedas, andadores, prótesis, órtesis, etc.) El Centro dispone de alguna de estas
ayudas para el uso momentáneo y puntual, pudiendo prestar dichas ayudas hasta la adquisición por parte del
usuario o de la familia de la dotación de dichas ayudas.
Respetar a los demás usuarios residentes y a sus familiares.
No falsificación de documentos y ocultamiento de declaraciones, la aportación de datos inexactos en relación con la
condición de familiar y/o responsable legal.
No causar daños voluntarios materiales de ningún tipo en las instalaciones
Cumplir con todas las normas de convivencia establecidas por la dirección del centro, así como las prescripciones
contenidas en el presente reglamento de régimen interno.
Quienes incumplan cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente reglamento de régimen interno, o hicieran
caso omiso de las normas de convivencia, respeto y dignidad serán advertidos por la dirección, y si persistieran en su
comportamiento o se tratara de un caso grave o muy grave, se le aplicara el régimen de sanciones recogidas en el
reglamento.
TÍTULO II DEL CENTRO RESIDENCIAL
CAPÍTULO I: OBLIGACIONES DEL CENTRO
Artículo 12.- Obligaciones del centro residencial.
El centro residencial, de atención diurna y centro de día se someterá a las siguientes obligaciones:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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personal o social.
A la privacidad de correspondencia, excepto aquellas cartas que contengan información médica y social del usuario y
que el centro tramitará según la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Cualquier otro u otros derechos que le reconozcan las leyes actuales o futuras.
El centro dispondrá de un libro u hojas de reclamaciones, debidamente autorizadas, que estará a disposición de los
usuarios y/o responsables legales o responsables solidarios.
Artículo 11.- Deberes de los usuarios y familiares.
Todos los usuarios del centro residencial, familiares y/o responsables legales o responsables solidarios, una vez cumplidos
todos los trámites de admisión, tendrán las siguientes obligaciones:
* Deberes de los usuarios del centro residencial:
Cumplir y conocer la normativa contenida en este reglamento de régimen interno.
Respetar los horarios establecidos de los servicios del centro para favorecer el correcto funcionamiento.
Respeto a los profesionales del centro
Respetar a los demás usuarios del centro residencial y a sus familiares.
Realizar o permitir que se le realice una higiene completa.
Contribuir al sostenimiento del equilibrio de silencio, serenidad y tranquilidad del centro.
No causar daños voluntarios materiales de ningún tipo en las instalaciones
No ausentarse del centro sin las correspondientes autorizaciones.
No negarse a recibir asistencia del personal del centro, ni impedir que se realice la limpieza diaria de su habitación.
No guardar en sus habitaciones ningún tipo de medicamentos no prescritos por sanitarios, ni alimentos perecederos.
Está totalmente prohibido entregar propinas al personal del centro
Cumplir con todas las normas de convivencia establecidas por la dirección del centro, así como las prescripciones
contenidas en el presente reglamento de régimen interno.
* Deberes de los familiares y/o responsables legales:
Cumplir y conocer la normativa contenida en este reglamento de régimen interno.
Respeto a los profesionales del centro.
Respetar los horarios establecidos de visita del centro para favorecer el correcto funcionamiento.
Proveer y renovar periódicamente los enseres del residente (ropa, calzado, material de aseo e higiene personal)
requeridos el día del ingreso, según las necesidades percibidas por el personal de atención directa.
Contribuir en caso de necesitar medios de protección específicos y medios técnicos (cojines anti-escaras, protectores
de barandillas, taloneras, sillas de ruedas, andadores, prótesis, órtesis, etc.) El Centro dispone de alguna de estas
ayudas para el uso momentáneo y puntual, pudiendo prestar dichas ayudas hasta la adquisición por parte del
usuario o de la familia de la dotación de dichas ayudas.
Respetar a los demás usuarios residentes y a sus familiares.
No falsificación de documentos y ocultamiento de declaraciones, la aportación de datos inexactos en relación con la
condición de familiar y/o responsable legal.
No causar daños voluntarios materiales de ningún tipo en las instalaciones
Cumplir con todas las normas de convivencia establecidas por la dirección del centro, así como las prescripciones
contenidas en el presente reglamento de régimen interno.
Quienes incumplan cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente reglamento de régimen interno, o hicieran
caso omiso de las normas de convivencia, respeto y dignidad serán advertidos por la dirección, y si persistieran en su
comportamiento o se tratara de un caso grave o muy grave, se le aplicara el régimen de sanciones recogidas en el
reglamento.
TÍTULO II DEL CENTRO RESIDENCIAL
CAPÍTULO I: OBLIGACIONES DEL CENTRO
Artículo 12.- Obligaciones del centro residencial.
El centro residencial, de atención diurna y centro de día se someterá a las siguientes obligaciones:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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