Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. (1645/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Agente de la Policía Local en Higuera de la Serena
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Ayuntamiento de Higuera de la Serena

Anuncio 1645/2021

El Tribunal ajustarán su funcionamiento a las normas prevenidas para los órganos colegiados en los artículos
15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas
que demanden oír la opinión de técnicos especialistas. Dichos/as asesores/as se limitarán a la colaboración
que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin
voto.
5.7. A iniciativa de cada Central Sindical podrán estar presentes en los Tribunales durante la totalidad del
proceso selectivo, a excepción de a aquellos actos o fases en los que se delibere, decida y materialice el
contenido de las pruebas antes de su realización en calidad de observadores, un representante de cada una
de las Centrales u Organización Sindicales con representatividad en el ámbito de la Policía Local de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexta. Actuación de los aspirantes.
El orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se hará por orden
alfabético del primer apellido, segundo apellido y nombre, comenzando por la letra "M", según sorteo al efecto realizado por
la Junta de Extremadura para las pruebas selectivas del corriente ejercicio, conforme la resolución de 26 de febrero de 2021,
(DOE n.º 42, de 3 de marzo de 2021).
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación en el Boletín Oficial, de los sucesivos anuncios
de celebración de las restantes pruebas, haciéndose público únicamente en los locales donde se hayan celebrado las
pruebas anteriores, y en todo caso, en el tablón electrónico de la sede electrónica
https://higueradelaserena.sedelectronica.es.
Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo casos de
fuerza mayor, invocados con anterioridad debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de
criterio. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o
parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar. Para ello las aspirantes
deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de
los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección
comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa
del deseo de la realización de la prueba.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte del Tribunal Calificador a través de los medios
que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la
exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo de las pruebas.
El procedimiento de selección será por oposición libre, y constará de dos fases de carácter eliminatorio:
— Oposición libre.
— Curso selectivo impartido por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
Las pruebas a superar en la fase de oposición serán las siguientes:
1. Pruebas físicas: Tendente a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad,
resistencia y coordinación. Consistirá en la superación de las pruebas que se detallan en el anexo I. Para la
realización de estas pruebas será indispensable presentar previamente el certificado médico de la base
segunda, apartado 1, letra g).
Las aspirantes que no pudieran realizar la prueba o las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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