Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (1605/2021)
Bando sobre electrificación de parcelas rústicas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Campanario
Anuncio 1605/2021
suministros dadas por la administración urbanística en relación con aquellas actividades y obras cuya
paralización haya ordenado, dentro del procedimiento de protección y restablecimiento de la legalidad
urbanística.
d) Atender cumplidamente, respecto de los servicios que presten, los requerimientos de información que la
autoridad urbanística les dirija.
Es decir, que no se puede dotar de electricidad a viviendas, edificios o instalaciones, tengan la antigüedad que tengan, si no
están previamente legalizadas, y pretender haberlo mediante el subterfugio de que "es electricidad para uso agrícola" o
similares supone un fraude de Ley si ese uso no se encuentra también debidamente legalizado, por lo que no pueden
autorizarse.
Por tanto, están fuera de la Ley tanto la empresa suministradora que dé electricidad sin cumplir esas condiciones como
quien realice obras para electrificar estas instalaciones no legalizadas, aparte de que esas obras de electrificación también
necesitan licencia, la cual este Ayuntamiento no puede conceder si no se dan los requisitos legales.
En Campanario, a 11 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, Elías López Sánchez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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suministros dadas por la administración urbanística en relación con aquellas actividades y obras cuya
paralización haya ordenado, dentro del procedimiento de protección y restablecimiento de la legalidad
urbanística.
d) Atender cumplidamente, respecto de los servicios que presten, los requerimientos de información que la
autoridad urbanística les dirija.
Es decir, que no se puede dotar de electricidad a viviendas, edificios o instalaciones, tengan la antigüedad que tengan, si no
están previamente legalizadas, y pretender haberlo mediante el subterfugio de que "es electricidad para uso agrícola" o
similares supone un fraude de Ley si ese uso no se encuentra también debidamente legalizado, por lo que no pueden
autorizarse.
Por tanto, están fuera de la Ley tanto la empresa suministradora que dé electricidad sin cumplir esas condiciones como
quien realice obras para electrificar estas instalaciones no legalizadas, aparte de que esas obras de electrificación también
necesitan licencia, la cual este Ayuntamiento no puede conceder si no se dan los requisitos legales.
En Campanario, a 11 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, Elías López Sánchez.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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