Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (1610/2021)
Aprobación del plan de ayudas directas al comercio y la hostelería, Plan Aviba, destinadas a garantizar el mantenimiento de la actividad empresarial y el fomento del empleo en el municipio de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 1610/2021

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada,
por silencio administrativo, la solicitud de concesión.
Se entenderá que la resolución es aceptada por el beneficiario si, transcurridos 10 días desde la recepción de la notificación,
el interesado no ejercita acto en contrario.
13.- Pago y justificación de las subvenciones.
El pago de estas subvenciones se realizará en un pago único por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia
bancaria, a partir de la fecha de resolución de la subvención, en la cuenta determinada por la persona beneficiaria en el
documento de alta a terceros presentado.
Estas subvenciones no requieren otra justificación que la acreditación de las condiciones y requisitos necesarios para
acceder a la subvención, por lo que las subvenciones se darán por justificadas en el momento de su concesión, sin perjuicio
de las actuaciones comprobatorias de la Administración, cumpliendo las obligaciones materiales y formales establecidas en
el Decreto.
14.- Publicidad de las ayudas.
De acuerdo con los artículos 18 y 20 de la LGS, por el Ayuntamiento de Badajoz se remitirá a la BDNS información del
programa de ayudas y de la resolución de concesión, según procedimiento reglamentariamente establecido.
15.- Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su firma.
En Badajoz, a 9 de abril de 2021.- El Alcalde, Francisco Javier Fragoso.- Ante mí: El Secretario General, Mario Hermida Ferrer.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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