Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (1555/2021)
Extracto de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al apoyo a comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades durante el año 2021
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 1555/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Cooperación Internacional al Desarrollo
Badajoz
Anuncio 1555/2021
Extracto de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al apoyo a comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades durante el año 2021
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA REGULADORA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS AL
APOYO A COMUNIDADES EXTREMEÑAS EN EL EXTERIOR Y SUS FEDERACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
DURANTE EL AÑO 2021
BDNS (Identif.): 556.309
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/556309).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20 de la Ley 38/2003, se 17 de noviembre General de Subvenciones,
se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
PRIMERO. OBJETO.
El objeto de estas bases es establecer las normas especificas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de apoyo a
comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas al fomento y difusión
de la cultura, arte, tradiciones y gastronomía de la provincia de Badajoz fuera de nuestra comunidad autónoma, así como
aquellas que contribuyan a conocer y promocionar parte del territorio de la provincia o esta en su conjunto, durante el año
2021.
Con cargo a este programa cada entidad podrá realizar una actividad desde el día 1 de enero de 2021 al día 31 de diciembre
de 2021.
SEGUNDO. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria asciende a setenta mil euros (70.000,00
€) e irá imputada a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 280/33400/48000/1700 de los presupuestos
generales de Diputación de Badajoz para el año 2021.
TERCERO. BENEFICIARIOS.
1.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones que
cumplan con los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente del territorio donde están ubicadas.
b) Estar inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas de la Junta de Extremadura a la fecha de
publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) No perseguir finalidad lucrativa.
d) No estar incursos en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2.- En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de beneficiario, se
considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por
reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en
período ejecutivo. Asimismo, se considerará que los beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el
pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades durante el año 2021
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA REGULADORA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS AL
APOYO A COMUNIDADES EXTREMEÑAS EN EL EXTERIOR Y SUS FEDERACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
DURANTE EL AÑO 2021
BDNS (Identif.): 556.309
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/556309).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20 de la Ley 38/2003, se 17 de noviembre General de Subvenciones,
se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
PRIMERO. OBJETO.
El objeto de estas bases es establecer las normas especificas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de apoyo a
comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas al fomento y difusión
de la cultura, arte, tradiciones y gastronomía de la provincia de Badajoz fuera de nuestra comunidad autónoma, así como
aquellas que contribuyan a conocer y promocionar parte del territorio de la provincia o esta en su conjunto, durante el año
2021.
Con cargo a este programa cada entidad podrá realizar una actividad desde el día 1 de enero de 2021 al día 31 de diciembre
de 2021.
SEGUNDO. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria asciende a setenta mil euros (70.000,00
€) e irá imputada a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 280/33400/48000/1700 de los presupuestos
generales de Diputación de Badajoz para el año 2021.
TERCERO. BENEFICIARIOS.
1.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones que
cumplan con los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente del territorio donde están ubicadas.
b) Estar inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas de la Junta de Extremadura a la fecha de
publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) No perseguir finalidad lucrativa.
d) No estar incursos en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2.- En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de beneficiario, se
considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por
reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en
período ejecutivo. Asimismo, se considerará que los beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el
pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera
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