Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (1566/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 8 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva del Reglamento general de organización y funcionamiento de la Residencia de Personas Mayores y Centro de Día Ntra. Sra. La Virgen Milagrosa
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Ayuntamiento de Alange

Anuncio 1566/2021

g) Faltar al respeto o insultar al personal del centro o a los miembros de la Comisión de Evaluación y
Seguimiento.
h) Falsear u ocultar datos respecto de la situación económica, que tengan repercusión en la aplicación de la
correspondiente Ordenanza fiscal.
Artículo 53.- Infracciones muy graves.
Serán infracciones muy graves las siguientes:
a) La reiteración de faltas graves, desde la tercera cometida.
b) Agresión física o malos tratos graves a otros usuarios o al personal del centro.
c) La drogodependencia o la embriaguez habitual, siempre que deteriore la norma convivencia del centro.
d) Demora injustificada de dos meses en el plazo de las cuotas.
e) No comunicar las ausencias del centro cuando sean superiores a una semana.
f) Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos inexactos y relevantes en relación con la adquisición de la
condición de usuario del centro.
Artículo 54.- Sanciones.
Sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar, las sanciones que se podrán imponer a los
usuarios/residentes que incurran en alguna de las faltas señaladas en los artículos anteriores serán:
a) Por infracciones leves: Amonestación verbal privada, amonestación individual escrita o suspensión de los
derechos de usuario/residente durante 7 días naturales.
b) Por infracciones graves: Suspensión de los derechos de usuario/residente por tiempo mínimo de 8 días
naturales y máximo de un mes.
c) Por infracciones muy graves: Suspensión de los derechos de usuario/residente por tiempo mínimo de un
mes y un día y máximo de tres meses, o pérdida definitiva de la condición de usuario/residente por tiempo
indefinido.
Artículo 55.- Prescripción.
1. Las infracciones leves prescribirán a los dos meses, las graves a los cuatro meses y las muy graves a los seis meses.
2. El plazo de prescripción comenzará a contar desde el día en que la infracción hubiera sido cometida.
3. El plazo de prescripción se interrumpirá por la notificación al residente de la incoación de expediente disciplinario.
4. Cuando el expediente se hallara paralizado por tiempo de dos meses, por causas no imputables al residente, seguirá
contando el plazo de prescripción.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogado a la entrada en vigor de este Reglamento el "Reglamento de régimen interno del Centro de Día de Alange".
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento en vigor una vez publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente acuerdo definitivo que aprueba el Reglamento de régimen interior del Centro Residencial Mixto y Centro
de Día "Ntra. Sra. La Virgen Milagrosa" de Alange se podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia en la forma que establecen
las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En Alange, a 8 de abril de 2021.- La Alcaldesa, M.ª Julia Gutiérrez Dios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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