Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (1565/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 8 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios de la Residencia de Mayores y Centro de Día
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Ayuntamiento de Alange

Anuncio 1565/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alange
Alange (Badajoz)
Anuncio 1565/2021
Corrección de error en edicto publicado el 8 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal
reguladora del precio público por la prestación de servicios de la Residencia de Mayores y Centro de Día

Anuncio de rectificación al n.º 1498/2021 de "Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por
la prestación de servicio de alojamiento, manutención, asistencia y cuidado integral de las personas usuarias de la
Residencia de Mayores y Centro de Día".
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público
por la prestación de servicio de alojamiento, manutención, asistencia y cuidado integral de las personas usuarias de la
Residencia de Mayores y Centro de Día, de 31 de enero de 2020.
Se hace público el texto íntegro, para su general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ESTANCIA Y USO DE LOS SERVICIOS DE LA
RESIDENCIA MIXTA DE MAYORES Y CENTRO DÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ALANGE
Artículo 1.º.- Fundamento legal.
1.1.- De conformidad con lo establecido en los artículo 4.1.a) y 84.1.a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, y los artículos 41 a 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante TRLHL), así como la facultad específica del artículo
127 de la última norma mencionada, el Ayuntamiento de Alange, establece el precio público por la prestación de servicio de
alojamiento, manutención, asistencia y cuidado integral de las personas usuarias de la residencia de mayores y centro de día
de titularidad municipal de Alange, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, el Reglamento de Régimen Interior del
Centro Residencial Mixto y Centro de Día "Ntra. Sra. La Milagrosa" y demás normativa de desarrollo.
1.2.- Los recursos percibidos en concepto de precio público son parte integrante de la Hacienda Municipal con la
consideración de ingresos de derecho público de carácter no tributario, por lo que para su cobranza el Ayuntamiento
ostentará las prerrogativas establecidas legalmente para la hacienda del estado y actuará, en su caso, conforme a los
procedimientos administrativos correspondientes, tal y como se deriva del artículo 2.2. del TRLHL.
Artículo 2.º.- Ámbito de aplicación.
La presente Ordenanza fiscal será de aplicación en todo el término municipal de esta entidad local, desde su entrada en
vigor y hasta su derogación o modificación expresa.
Artículo 3.º.- Obligados al pago.
3.1.- Son sujetos obligados al pago del precio público las personas físicas que ocupen plaza y se beneficien de los servicios o
actividades prestados en el Centro Residencial.
3.2.- También serán responsables subsidiarios del pago del precio público las personas obligadas civilmente a dar alimentos
a los acogidos. En los supuestos de personas declaradas incapaces por sentencia judicial, el obligado al pago será el tutor o
representante legal que haya efectuado la solicitud de ingreso, a la cual deberá adjuntar la resolución judicial, tanto del
nombramiento del tutor o representante como de la autorización judicial de ingreso.
3.3.- En el supuesto que se realice un ingreso por cuenta de otra entidad pública o privada u organismo, este será el sujeto
obligado al pago del precio público.
Artículo 4.º.- Cuantía del precio público.
Las tarifas a abonar por los usuarios se establecen del siguiente modo:
4.1. Residencia de mayores.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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