Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (1568/2021)
Bases reguladoras para la convocatoria del Plan Cohesiona 2021 de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 1568/2021
No reintegro de sobrante. Reintegro del importe.
No presentación de la carta de pago, fotografía del cartel o en su caso, dossier fotográfico.
Reintegro parcial 0.5% del importe concedido.
b) Respecto del cumplimiento de otras obligaciones:
Cumplimiento defectuoso:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de
actividad: Reintegro parcial.
No cumplir con la obligación de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen
corporativa, documentación gráfica o análoga: 0,5% del importe concedido.
Incumplimiento del deber de aportar el importe en concepto de corresponsabilidad recogido
en el Anexo 1 de las presentes bases: reintegro a favor de la Diputación de aquellos importes
que las entidades locales no hayan aportado de su cuota de corresponsabilidad.
Estos criterios resultarán de aplicación para determinar la cantidad que, en su caso, las entidades locales beneficiarias
deban reintegrar y que, en todo caso, deben responder al principio de proporcionalidad.
BASE 18.-RÉGIMEN DE RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Disposiciones adicionales.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de
subvenciones y la Ordenanza provincial de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones y 23 de la Ley General
de Subvenciones se aprueba, de forma conjunta, las bases reguladoras y la convocatoria que desarrollará el procedimiento
para la concesión de las Subvenciones del PLAN COHESION@.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del Registro
Electrónico, al amparo de lo establecido en la disposición transitoria primera del Reglamento del Registro Electrónico de la
Diputación Provincial de Badajoz (BOP 19 de septiembre de 2008) se procede por el Presidente a la aprobación de los
modelos de documentos telemáticos que a continuación se relacionan y que se remitirán por vía telemática mediante los
sistemas de firma electrónica previstos en el citado Reglamento:
1.- Solicitud de subvenciones para financiar actuaciones de inversiones de obras y equipamientos, gastos de
personal y otros gastos corrientes PLAN COHESION@ conforme al anexo 2.
2.- Solicitud de modificación de la resolución de concesión de subvención conforme al anexo 6.A.
3.- Solicitud de modificación del plazo de ejecución de la subvención concedida conforme al anexo 6.B.
4.- Solicitud de prórroga del plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas conforme al Anexo 6.C.
5.- Remisión de documentación para la justificación de la subvención Línea 2 Inversiones en obras y
equipamientos conforme al anexo 9.
6.- Remisión de documentación para la justificación de la subvención de la Línea 1. Empleo y otros Gastos
Corrientes conforme al anexo 10.
___________
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No reintegro de sobrante. Reintegro del importe.
No presentación de la carta de pago, fotografía del cartel o en su caso, dossier fotográfico.
Reintegro parcial 0.5% del importe concedido.
b) Respecto del cumplimiento de otras obligaciones:
Cumplimiento defectuoso:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de
actividad: Reintegro parcial.
No cumplir con la obligación de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen
corporativa, documentación gráfica o análoga: 0,5% del importe concedido.
Incumplimiento del deber de aportar el importe en concepto de corresponsabilidad recogido
en el Anexo 1 de las presentes bases: reintegro a favor de la Diputación de aquellos importes
que las entidades locales no hayan aportado de su cuota de corresponsabilidad.
Estos criterios resultarán de aplicación para determinar la cantidad que, en su caso, las entidades locales beneficiarias
deban reintegrar y que, en todo caso, deben responder al principio de proporcionalidad.
BASE 18.-RÉGIMEN DE RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Disposiciones adicionales.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de
subvenciones y la Ordenanza provincial de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones y 23 de la Ley General
de Subvenciones se aprueba, de forma conjunta, las bases reguladoras y la convocatoria que desarrollará el procedimiento
para la concesión de las Subvenciones del PLAN COHESION@.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del Registro
Electrónico, al amparo de lo establecido en la disposición transitoria primera del Reglamento del Registro Electrónico de la
Diputación Provincial de Badajoz (BOP 19 de septiembre de 2008) se procede por el Presidente a la aprobación de los
modelos de documentos telemáticos que a continuación se relacionan y que se remitirán por vía telemática mediante los
sistemas de firma electrónica previstos en el citado Reglamento:
1.- Solicitud de subvenciones para financiar actuaciones de inversiones de obras y equipamientos, gastos de
personal y otros gastos corrientes PLAN COHESION@ conforme al anexo 2.
2.- Solicitud de modificación de la resolución de concesión de subvención conforme al anexo 6.A.
3.- Solicitud de modificación del plazo de ejecución de la subvención concedida conforme al anexo 6.B.
4.- Solicitud de prórroga del plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas conforme al Anexo 6.C.
5.- Remisión de documentación para la justificación de la subvención Línea 2 Inversiones en obras y
equipamientos conforme al anexo 9.
6.- Remisión de documentación para la justificación de la subvención de la Línea 1. Empleo y otros Gastos
Corrientes conforme al anexo 10.
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