Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahillones. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1223/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza general de subvenciones
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Ayuntamiento de Ahillones
Anuncio 1223/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ahillones
Ahillones (Badajoz)
Anuncio 1223/2021
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza general de subvenciones
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de enero de 2021, adoptó acuerdo inicial, que ha
resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones, de modificación de la Ordenanza general de subvenciones.
Cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las haciendas Locales, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de 2 meses contados desde la
publicación del presente anuncio. No obstante, con carácter previo y potestativo, se podrá formular recurso de reposición
ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio.
De formularse recurso de reposición el plazo para interponer contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a
aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o desde aquel en que deba entenderse
presuntamente desestimado.
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE AHILLONES
ÍNDICE
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Concepto de subvención.
Artículo 3.- Exclusiones.
Artículo 4.- Principios generales.
Artículo 5.- Concesión directa de subvenciones.
Artículo 6.- Criterios generales de valoración.
Artículo 7.- De las partes intervinientes.
Artículo 8.- Órganos competentes.
Artículo 9.- Régimen jurídico.
Artículo 10.- Procedimiento de concesión: Bases específicas.
Artículo 11.- Beneficiarios.
Artículo 12.- Procedimientos.
Artículo 13.- Pago.
Artículo 14.- Justificación.
Artículo 15.- Control y anulación de subvenciones.
Artículo 16.- Facultad interpretativa.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor.
***
Artículo 1.- Objeto
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ahillones (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza general de subvenciones
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de enero de 2021, adoptó acuerdo inicial, que ha
resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones, de modificación de la Ordenanza general de subvenciones.
Cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las haciendas Locales, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de 2 meses contados desde la
publicación del presente anuncio. No obstante, con carácter previo y potestativo, se podrá formular recurso de reposición
ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio.
De formularse recurso de reposición el plazo para interponer contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a
aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o desde aquel en que deba entenderse
presuntamente desestimado.
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE AHILLONES
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Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Concepto de subvención.
Artículo 3.- Exclusiones.
Artículo 4.- Principios generales.
Artículo 5.- Concesión directa de subvenciones.
Artículo 6.- Criterios generales de valoración.
Artículo 7.- De las partes intervinientes.
Artículo 8.- Órganos competentes.
Artículo 9.- Régimen jurídico.
Artículo 10.- Procedimiento de concesión: Bases específicas.
Artículo 11.- Beneficiarios.
Artículo 12.- Procedimientos.
Artículo 13.- Pago.
Artículo 14.- Justificación.
Artículo 15.- Control y anulación de subvenciones.
Artículo 16.- Facultad interpretativa.
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***
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