Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Recursos Humanos (Badajoz). (1146/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de La Zarza
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Ayuntamiento de La Zarza

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Novena. Relación de aprobados.
Finalizadas las pruebas selectivas de la fase de oposición, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuación final obtenida, en número no superior al de plazas
convocadas, y la hará pública en el tablón de anuncios y en el tablón electrónico de la sede electrónica
https://aytolazarza.sedelectronica.es.
Décima. Presentación de documentación.
Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo, deberán acreditar en el Ayuntamiento, dentro
del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, que cumplen los requisitos y
condiciones establecidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no
podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las
responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En ese caso la Alcaldía efectuará
nombramiento a favor del primero de los propuestos que habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los
ejercicios de la oposición tuviera mayor puntuación en la suma de todos ellos. De igual modo se procederá si, con
anterioridad al nombramiento por el Alcalde del aspirante propuesto por el Tribunal, este formulará su renuncia a los
derechos derivados de su participación en el proceso selectivo y a ser nombrado funcionario en prácticas.
Cumplidos los requisitos formales serán nombrados por el Alcalde, funcionarios en prácticas y percibirán, con cargo a la
Corporación, las retribuciones correspondientes. Este nombramiento se otorgará al inicio del curso selectivo y durará hasta
la toma de posesión como funcionarios de carrera.
Undécima. Curso selectivo.
De conformidad con el artículo 50.4 a) de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
para la obtención de la condición de funcionario de carrera en la categoría de agente, los funcionarios en prácticas deberán
superar un curso selectivo de ingreso impartido por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura con la duración que
se establezca al respecto.
Los contenidos del curso selectivo, así como su desarrollo, serán determinados por la Consejería competente en materia de
coordinación de Policías Locales, a propuesta de la Dirección de la Academia de Seguridad Pública y previo informe de la
Comisión de Coordinación de la Policía Local de Extremadura.
Duodécima. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Concluido el curso selectivo de formación y el período de prácticas, la Alcaldía, a la vista de la relación de aspirantes que lo
hayan superado, dictará resolución nombrando funcionarios de carrera a los referidos aspirantes, publicándose el
nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de quince días. Si no lo hiciera, sin causa
justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
Decimotercera. Impugnación.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados
recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en
Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa).
Decimocuarta. Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases se ha utilizado el
género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Decimoquinta. Publicación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las
normas-marco de los Policías Locales de Extremadura, las presentes bases, que regirán el proceso selectivo, se publicarán
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y el anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
Decimosexta. Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de datos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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