Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Recursos Humanos (Badajoz). (1146/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de La Zarza
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Zarza
Anuncio 1146/2021
4.1. Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de test objetivos por escrito
donde quede constancia del resultado sobre inteligencia general y/o escalas específicas que
evalúen la capacidad de aprendizaje análisis, razonamiento y potencial cognitivo.
La calificación de este apartado será apto o no apto, suponiendo en este segundo supuesto (no
apto) la exclusión del opositor.
4.2. Perfil de personalidad. Se evaluarán mediante test objetivos por escrito, donde quede
constancia del resultado de explorar las características de personalidad aptitucionales y
motivacionales.
La calificación de este apartado será apto o no apto, suponiendo en este segundo supuesto (no
apto) la exclusión del opositor.
Estas pruebas serán realizadas por personal especializado en psicología que actuará en calidad
de asesor del Tribunal Calificador, siéndole de aplicación las mismas circunstancias de
abstención y recusación legalmente previstas para los miembros de este.
5. Prueba médica. El reconocimiento médico será calificado como "apto" o "no apto", con sujeción al cuadro
de exclusiones médicas que aparecen recogidas en el anexo III. Los aspirantes que no logren la calificación de
"apto" quedarán eliminados.
6. El curso selectivo de ingreso impartido por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura con una
duración mínima de cuatro meses presenciales, y un período de prácticas que tendrá una duración mínima de
un mes en el Cuerpo de la Policía Local de La Zarza.
Octava. Calificación de las pruebas.
Todas las pruebas serán obligatorias y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar una prueba haber
superado la anterior.
a) Las pruebas físicas serán calificadas por el Tribunal como apto o no apto.
b) La prueba teórica de conocimiento, tipo test de respuestas múltiples, se calificará de conformidad con la
fórmula de acierto-(errores/3), siendo necesario obtener como mínimo, una puntación directa equivalente al
50% de las preguntas validas del examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba.
Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna. La puntuación será expresada en dos decimales.
c) La prueba práctica, compuesta por uno o varios supuestos, será calificada con una puntuación de 0 a 10
puntos, siendo preciso obtener una puntación mínima de 5 puntos para pasar a la siguiente.
Cada supuesto, en caso de existir varios, será calificado de cero a diez puntos por cada miembro del Tribunal
con derecho a voto, obteniéndose la valoración de cada supuesto por la media aritmética de las puntuaciones
dadas por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a voto. En el supuesto de que algunas de las
puntuaciones otorgadas difieran en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media serán
eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Será preciso obtener en
cada uno de los supuestos a realizar una puntuación mínima de 5 puntos sobre 10 para considerar superada
la prueba. La puntuación será expresada con dos decimales.
La puntuación total del supuesto práctico será la media de las puntuaciones obtenidas en cada supuesto, en
caso de existir varios.
d) La prueba psicotécnica se calificará como apto o no apto.
e) El reconocimiento médico se calificará como apto o no apto.
La puntuación final será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la prueba teórica (tipo test) y en la prueba
práctica.
En caso de empate, el Tribunal seleccionará al aspirante que mayor puntuación haya obtenido en el supuesto práctico, de
persistir el empate se decidirá por quien mejor puntuación o mayor número de respuestas correctas haya obtenido en la
prueba tipo test, y, de seguir persistiendo el empate, se resolverá por sorteo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4.1. Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de test objetivos por escrito
donde quede constancia del resultado sobre inteligencia general y/o escalas específicas que
evalúen la capacidad de aprendizaje análisis, razonamiento y potencial cognitivo.
La calificación de este apartado será apto o no apto, suponiendo en este segundo supuesto (no
apto) la exclusión del opositor.
4.2. Perfil de personalidad. Se evaluarán mediante test objetivos por escrito, donde quede
constancia del resultado de explorar las características de personalidad aptitucionales y
motivacionales.
La calificación de este apartado será apto o no apto, suponiendo en este segundo supuesto (no
apto) la exclusión del opositor.
Estas pruebas serán realizadas por personal especializado en psicología que actuará en calidad
de asesor del Tribunal Calificador, siéndole de aplicación las mismas circunstancias de
abstención y recusación legalmente previstas para los miembros de este.
5. Prueba médica. El reconocimiento médico será calificado como "apto" o "no apto", con sujeción al cuadro
de exclusiones médicas que aparecen recogidas en el anexo III. Los aspirantes que no logren la calificación de
"apto" quedarán eliminados.
6. El curso selectivo de ingreso impartido por la Academia de Seguridad Pública de Extremadura con una
duración mínima de cuatro meses presenciales, y un período de prácticas que tendrá una duración mínima de
un mes en el Cuerpo de la Policía Local de La Zarza.
Octava. Calificación de las pruebas.
Todas las pruebas serán obligatorias y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar una prueba haber
superado la anterior.
a) Las pruebas físicas serán calificadas por el Tribunal como apto o no apto.
b) La prueba teórica de conocimiento, tipo test de respuestas múltiples, se calificará de conformidad con la
fórmula de acierto-(errores/3), siendo necesario obtener como mínimo, una puntación directa equivalente al
50% de las preguntas validas del examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba.
Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna. La puntuación será expresada en dos decimales.
c) La prueba práctica, compuesta por uno o varios supuestos, será calificada con una puntuación de 0 a 10
puntos, siendo preciso obtener una puntación mínima de 5 puntos para pasar a la siguiente.
Cada supuesto, en caso de existir varios, será calificado de cero a diez puntos por cada miembro del Tribunal
con derecho a voto, obteniéndose la valoración de cada supuesto por la media aritmética de las puntuaciones
dadas por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a voto. En el supuesto de que algunas de las
puntuaciones otorgadas difieran en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media serán
eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Será preciso obtener en
cada uno de los supuestos a realizar una puntuación mínima de 5 puntos sobre 10 para considerar superada
la prueba. La puntuación será expresada con dos decimales.
La puntuación total del supuesto práctico será la media de las puntuaciones obtenidas en cada supuesto, en
caso de existir varios.
d) La prueba psicotécnica se calificará como apto o no apto.
e) El reconocimiento médico se calificará como apto o no apto.
La puntuación final será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la prueba teórica (tipo test) y en la prueba
práctica.
En caso de empate, el Tribunal seleccionará al aspirante que mayor puntuación haya obtenido en el supuesto práctico, de
persistir el empate se decidirá por quien mejor puntuación o mayor número de respuestas correctas haya obtenido en la
prueba tipo test, y, de seguir persistiendo el empate, se resolverá por sorteo público.
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