Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Recursos Humanos (Badajoz). (1146/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de La Zarza
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Ayuntamiento de La Zarza
Anuncio 1146/2021
Derechos de examen.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa por
derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP número 23, anuncio 410/2020, de 4 de febrero
de 2020), se fijan en la cantidad de 20.00 euros, cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de
presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de la siguiente cuenta bancaria:
Liberbank número ES27 2048 1094 8834 0000 0234.
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de La Zarza. Pruebas selectivas a una plaza
Agente de Policía Local, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
Procederá, previa solicitud de la persona interesada, a la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho
cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía
a la exigida en las bases específicas. La exclusión definitiva del proceso selectivo de cualquier aspirante o la no
presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición, no dará lugar a la
devolución de los derechos de examen.
3.2. Lugar de presentación de solicitudes: Las instancias, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la
documentación relacionada en el apartado anterior, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente (Ayuntamiento de La Zarza, calle La
Fuente, número 2, 06830-La Zarza), y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento, en horas de
oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 16.4, deberán
ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el BOE.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la presente base para la
presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOP de Badajoz, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el tablón electrónico de la sede electrónica https://aytolazarza.sedelectronica.es,
junto con la relación de aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión, se señalará un plazo de diez días
hábiles para subsanación.
4.2. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos en el BOP de
Badajoz, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la relación de las pruebas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el BOP de Badajoz y en el tablón electrónico de la sede
electrónica https://aytolazarza.sedelectronica.es, la resolución, elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y
excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado
errores u omisiones.
El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará público mediante anuncio del
Tribunal Calificador en el tablón de anuncios y en el tablón electrónico de la sede electrónica
https://aytolazarza.sedelectronica.es, así como en el Boletín Oficial de la Provincia al publicar la lista definitiva de admitidos y
excluidos.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo
de 15 días hábiles.
4.4. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Derechos de examen.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa por
derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP número 23, anuncio 410/2020, de 4 de febrero
de 2020), se fijan en la cantidad de 20.00 euros, cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de
presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de la siguiente cuenta bancaria:
Liberbank número ES27 2048 1094 8834 0000 0234.
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de La Zarza. Pruebas selectivas a una plaza
Agente de Policía Local, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
Procederá, previa solicitud de la persona interesada, a la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho
cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía
a la exigida en las bases específicas. La exclusión definitiva del proceso selectivo de cualquier aspirante o la no
presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición, no dará lugar a la
devolución de los derechos de examen.
3.2. Lugar de presentación de solicitudes: Las instancias, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la
documentación relacionada en el apartado anterior, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente (Ayuntamiento de La Zarza, calle La
Fuente, número 2, 06830-La Zarza), y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento, en horas de
oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 16.4, deberán
ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el BOE.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la presente base para la
presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOP de Badajoz, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el tablón electrónico de la sede electrónica https://aytolazarza.sedelectronica.es,
junto con la relación de aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión, se señalará un plazo de diez días
hábiles para subsanación.
4.2. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos en el BOP de
Badajoz, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la relación de las pruebas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el BOP de Badajoz y en el tablón electrónico de la sede
electrónica https://aytolazarza.sedelectronica.es, la resolución, elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y
excluidos, con la inclusión correspondiente como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado
errores u omisiones.
El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará público mediante anuncio del
Tribunal Calificador en el tablón de anuncios y en el tablón electrónico de la sede electrónica
https://aytolazarza.sedelectronica.es, así como en el Boletín Oficial de la Provincia al publicar la lista definitiva de admitidos y
excluidos.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo
de 15 días hábiles.
4.4. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la subsanación
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