Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura (Badajoz). (1134/2021)
Bases convocatoria para la contratación laboral indefinido con extinción del contrato por causas objetivas, de una plaza de Trabajador/a Social para el programa de atención a las familias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión
Anuncio 1134/2021
Los documentos originales se exigirán solo a la persona que finalmente consiga la plaza objeto de esta convocatoria.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes será 7 días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de las bases en el
BOP, en horario de 9:00 a 14:00 (de lunes a viernes) en la sede de la Mancomunidad (av. de los Cameranos, 47 de Zafra), o
en la forma que establece en esta materia en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los/as aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en las presentes bases, para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
6. Admisión de aspirantes.
6.1.- Publicación lista provisional. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la
Mancomunidad dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y
causas que han motivado la exclusión. Dicha lista se hará pública en el tablón de anuncios de la sede de la
Mancomunidad de Municipios Río Bodión y en su página web (http://www.mriobodion.es/) concediéndose un
plazo de 3 días hábiles desde la publicación en el mismo, a los efectos de subsanación de errores u omisiones,
así como de presentación de posibles reclamaciones de los/as interesados/as.
6.2.- Publicación lista definitiva. Finalizado el plazo de reclamaciones, el Sr. Presidente dictará resolución
aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, la composición del Tribunal Calificador, así como
lugar y hora de celebración de la fase de oposición, que será publicada en el tablón de anuncios de la sede de
la Mancomunidad y en la página web de la misma (http://www.mriobodion.es/).
7. Tribunal de Selección.
El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros, que serán nombrados mediante resolución del Sr.
Presidente de la Mancomunidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 60º del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con la
designación de la siguiente forma:
Presidenta: La Gerente de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión.
Vocales:
- Tres trabajadores/as del programa de familia o de los Servicios Sociales de Base de la
Mancomunidad.
Secretario/a: La Secretaria-Interventora de la Mancomunidad o Secretario o Técnico/a de los ayuntamientos
que la integran, que lo sustituya, con voz y sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la Presidenta y de la Secretaria/o, o de quienes, en su caso las
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes. En ausencia de la Presidenta la sustituirá el Vocal presente de
mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015).
Asimismo, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los documentos originales se exigirán solo a la persona que finalmente consiga la plaza objeto de esta convocatoria.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes será 7 días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de las bases en el
BOP, en horario de 9:00 a 14:00 (de lunes a viernes) en la sede de la Mancomunidad (av. de los Cameranos, 47 de Zafra), o
en la forma que establece en esta materia en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los/as aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en las presentes bases, para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
6. Admisión de aspirantes.
6.1.- Publicación lista provisional. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la
Mancomunidad dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y
causas que han motivado la exclusión. Dicha lista se hará pública en el tablón de anuncios de la sede de la
Mancomunidad de Municipios Río Bodión y en su página web (http://www.mriobodion.es/) concediéndose un
plazo de 3 días hábiles desde la publicación en el mismo, a los efectos de subsanación de errores u omisiones,
así como de presentación de posibles reclamaciones de los/as interesados/as.
6.2.- Publicación lista definitiva. Finalizado el plazo de reclamaciones, el Sr. Presidente dictará resolución
aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, la composición del Tribunal Calificador, así como
lugar y hora de celebración de la fase de oposición, que será publicada en el tablón de anuncios de la sede de
la Mancomunidad y en la página web de la misma (http://www.mriobodion.es/).
7. Tribunal de Selección.
El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros, que serán nombrados mediante resolución del Sr.
Presidente de la Mancomunidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 60º del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con la
designación de la siguiente forma:
Presidenta: La Gerente de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión.
Vocales:
- Tres trabajadores/as del programa de familia o de los Servicios Sociales de Base de la
Mancomunidad.
Secretario/a: La Secretaria-Interventora de la Mancomunidad o Secretario o Técnico/a de los ayuntamientos
que la integran, que lo sustituya, con voz y sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la Presidenta y de la Secretaria/o, o de quienes, en su caso las
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes. En ausencia de la Presidenta la sustituirá el Vocal presente de
mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015).
Asimismo, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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