Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (1107/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cuatro plazas de Administrativo, personal funcionario, en el turno de promoción interna por el sistema de concurso-oposición, para diferentes servicios del Ayuntamiento de Don Benito
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 1107/2021
9.1.- Presentada la documentación por los interesados y siendo esta conforme, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento efectuará nombramiento a favor de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación
como Administrativos. No pudiendo superar el número de aspirantes nombrados, al de plazas convocadas.
9.2.- El nombramiento será notificado a los interesados para la toma de posesión de su plaza.
9.3.- En dicha toma de posesión, los aspirantes nombrados deberán prestar juramento o promesa de acuerdo
con la fórmula prevista en el RD 707/1979, de 5 de abril.
9.4.- Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10.ª.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma o, directamente
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1982, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
recurso que se estime pertinente.
2.ª.- Cuando se haya interpuesto Recurso de Reposición, contra el presente acto, podrá interponerse Recurso
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su
notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente de Mérida, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro Recurso que
estime pertinente.
11.ª.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros
automatizados de Secretaría General y Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros
extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán
públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales
efectos, cuyo titular es el Ayuntamiento de Don Benito, sito en Plaza de España, 1, de Don Benito (Badajoz),
ante el que puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículos 15 a
22 del Reglamento (UE) 2016/679.
12.ª.- Igualdad de género.Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a
personas de ambos sexos.
13.ª.- Disposición final.
Las presentes bases están a disposición de todas las personas interesadas y público en general en las
dependencias municipales de la Secretaría General de este Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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9.1.- Presentada la documentación por los interesados y siendo esta conforme, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente
del Ayuntamiento efectuará nombramiento a favor de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación
como Administrativos. No pudiendo superar el número de aspirantes nombrados, al de plazas convocadas.
9.2.- El nombramiento será notificado a los interesados para la toma de posesión de su plaza.
9.3.- En dicha toma de posesión, los aspirantes nombrados deberán prestar juramento o promesa de acuerdo
con la fórmula prevista en el RD 707/1979, de 5 de abril.
9.4.- Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados
de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10.ª.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma o, directamente
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1982, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
recurso que se estime pertinente.
2.ª.- Cuando se haya interpuesto Recurso de Reposición, contra el presente acto, podrá interponerse Recurso
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su
notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente de Mérida, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro Recurso que
estime pertinente.
11.ª.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros
automatizados de Secretaría General y Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros
extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán
públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales
efectos, cuyo titular es el Ayuntamiento de Don Benito, sito en Plaza de España, 1, de Don Benito (Badajoz),
ante el que puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículos 15 a
22 del Reglamento (UE) 2016/679.
12.ª.- Igualdad de género.Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a
personas de ambos sexos.
13.ª.- Disposición final.
Las presentes bases están a disposición de todas las personas interesadas y público en general en las
dependencias municipales de la Secretaría General de este Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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