Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (1108/2021)
Bases de la convocatoria para cubrir, como personal laboral, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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3.º.- Mayor puntuación en el apartado de formación complementaria.
4.º.- Por sorteo.

12.ª.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
1.ª- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de
un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma
o, directamente recurso rontencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1982, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro
Recurso que se estime pertinente.
2.ª.-Cuando se haya interpuesto recurso de reposición, contra el presente acto, podrá
interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el
siguiente a su notificación/publicación, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo competente
de Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que
pueda interponer cualquier otro Recurso que estime pertinente.

13.ª.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros
automatizados de Secretaría General y Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros
extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán
públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales
efectos, cuyo titular es el Ayuntamiento de Don Benito, sito en Plaza de España, 1, de Don Benito (Badajoz),
ante el que puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículos 15 a
22 del Reglamento (UE) 2016/679.
14.ª.- Igualdad de género.Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico, se entenderán aplicables a
personas de ambos sexos.
15.ª.- Exposición pública.
15.1.- Las presentes Bases están a disposición de las personas interesadas y público en general, en las
dependencias municipales de la Secretaría General de éste Ayuntamiento.
15.2.- Así mismo se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el de su página web.
16.ª.- Disposición final.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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