Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (1105/2021)
Bases específicas de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGDs para la realización de proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo, ejercicio económico 2021
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 1105/2021
c.- El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 0,5% del importe de la
subvención concedida.
BASE 14. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, general de
protección de datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable
Diputación de
Badajoz
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6. 06071-Badajoz. Teléfono: 924 212 400 @dipbadajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez.- 924 212 237. dpd@dipbadajoz.es
Finalidad del tratamiento
Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a la realización de proyectos de cooperación internacional al
desarrollo durante el año 2020.
Legitimación del tratamiento
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Ordenanza general del
subvenciones de la Diputación de Badajoz
Destinatarios de cesiones o
transferencias
No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial
Derechos de los interesados
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación
u oposición, así como otros.
Información adicional
www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente al de Cooperación Internacional al Desarrollo de la
Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23.- 06071-Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
BASE 15. RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante la Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer
cualquier otro recurso que se estime pertinente.
DISPOSICIONES ADICIONALES.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, la Ordenanza
General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz, publicada en el BOP el 9 de febrero de 2007, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la LGS, se
aprueba de forma conjunta a las bases reguladoras, la convocatoria que desarrollará el procedimiento para la concesión de
las subvenciones.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del Registro
Electrónico, al amparo de lo establecido en la disposición transitoria primera del Reglamento del Registro Electrónico de la
Diputación Provincial de Badajoz (BOP 19 de septiembre de 2008) se procede a la aprobación de los modelos de
documentos telemáticos que a continuación se relacionan y que se remitan por vía telemática mediante los sistemas de
firma electrónica previstos en el citado Reglamento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c.- El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 0,5% del importe de la
subvención concedida.
BASE 14. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, general de
protección de datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable
Diputación de
Badajoz
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6. 06071-Badajoz. Teléfono: 924 212 400 @dipbadajoz.es
Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez.- 924 212 237. dpd@dipbadajoz.es
Finalidad del tratamiento
Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a la realización de proyectos de cooperación internacional al
desarrollo durante el año 2020.
Legitimación del tratamiento
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Ordenanza general del
subvenciones de la Diputación de Badajoz
Destinatarios de cesiones o
transferencias
No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial
Derechos de los interesados
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación
u oposición, así como otros.
Información adicional
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El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente al de Cooperación Internacional al Desarrollo de la
Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23.- 06071-Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
BASE 15. RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante la Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer
cualquier otro recurso que se estime pertinente.
DISPOSICIONES ADICIONALES.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, la Ordenanza
General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz, publicada en el BOP el 9 de febrero de 2007, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la LGS, se
aprueba de forma conjunta a las bases reguladoras, la convocatoria que desarrollará el procedimiento para la concesión de
las subvenciones.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del Registro
Electrónico, al amparo de lo establecido en la disposición transitoria primera del Reglamento del Registro Electrónico de la
Diputación Provincial de Badajoz (BOP 19 de septiembre de 2008) se procede a la aprobación de los modelos de
documentos telemáticos que a continuación se relacionan y que se remitan por vía telemática mediante los sistemas de
firma electrónica previstos en el citado Reglamento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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