Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1077/2021)
Convocatoria y bases para la creación de una bolsa de empleo de cuidadoras de personas en instituciones sociales
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Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara

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12. Carácter temporal.
La vinculación temporal al Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara no otorgará derecho alguno al desempeño definitivo
del puesto de trabajo o preferencia para el ingreso en el citado organismo, sin perjuicio de que los servicios prestados sean
valorados conforme a los baremos de las fases de concurso de las correspondientes convocatorias para la provisión
definitiva del puesto de trabajo, en su caso.
13. Vigencia de la bolsa de empleo.
El plazo de vigencia de la bolsa de empleo será de cuatro años, contados a partir del día siguiente a la publicación del
anuncio de la lista definitiva en la sede electrónica.
14. Criterios de exclusión de la bolsa de empleo.
14.1. Quedarán excluidos de la bolsa de empleo de forma permanente, salvo causa justificada:
a) Quienes no acepten una oferta de trabajo.
b) Quienes extingan el contrato sin haber finalizado el mismo.
c) A quienes se les rescinda el contrato mediante expediente disciplinario por falta grave o muy grave.
d) Quienes finalizado un contrato de trabajo sean objeto de informe desfavorable por defectuoso
cumplimiento emitido por la jefatura del servicio correspondiente.
14.2. En todo caso, la exclusión no afectará a las solicitudes que se presenten en futuras convocatorias.
15. Funciones a desempeñar.
Las funciones a desarrollar son:
a) Aseo personal de los usuarios.
b) Ayuda a vestirse.
c) Fomento de hábitos de higiene y orden.
d) Ayuda en la administración de los medicamentos y en la recogida y gestión de recetas.
e) Información al coordinador/a de cualquier cambio en las necesaidade de los usurarios.
f) Gestión de la ropa sucia, lavado, planchado y organización de la misma o, en su caso, traslado y recogida de
lavandería.
g) Horarios.
h) Limpieza del Centro.
i) Acompañamiento a los usuarios en algunas gestiones (Ejemplo: banco, centro de salud, etc).
16. Incidencias.
15.1. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15.2. La Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral
será la Jurisdicción Social.
15.3. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso
de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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