Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1065/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora del estacionamiento en la vía pública de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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En el momento de redactarse la presente Ordenanza, las disposiciones técnicas de las plazas de aparcamiento reservadas,
según la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de
accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, y el Decreto 135/2018, de
1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura, son
las siguientes:
1. Características:
a) Tanto las plazas dispuestas en perpendicular, como en diagonal a la acera, deberán tener una dimensión
mínima de 5,00 m. de longitud × 2,20 m. de ancho, y además dispondrán de una zona de aproximación y
transferencia lateral de una longitud igual a la de la plaza y un ancho mínimo de 1,50 m.
Entre dos plazas contiguas se permitirán zonas de transferencia lateral compartidas manteniendo las
dimensiones mínimas descritas anteriormente.
b) Las plazas dispuestas en línea tendrán una dimensión mínima de 5,00 m. de longitud × 2,20 m. de ancho, y
además dispondrán de una zona de aproximación y transferencia posterior de una anchura igual a la de la
plaza y una longitud mínima de 1,50 m.
Estas plazas se ubicarán preferentemente de forma que su espacio de transferencia posterior sea colindante con un paso de
peatones. De no ser posible esta ubicación, el espacio de transferencia tendrá el ancho de la plaza, y su longitud se
incrementará hasta los 3 metros.
Además del área de transferencia trasera, se dejará libre de obstáculos (mobiliario urbano, señalización vertical, vegetación,
etc.) en un ancho mínimo de 1,20 m. y toda la longitud de la plaza, el tramo de acerado adyacente a dicha plaza de
aparcamiento.
2. Señalización:
a) Las plazas de aparcamiento reservadas estarán señalizadas horizontal y verticalmente con el Símbolo
Internacional de Accesibilidad, cuyo diseño, estilo, forma y proporción se corresponderá con lo indicado por la
norma internacional ISO 7000, que regula una figura en color blanco sobre fondo azul Pantone Reflex Blue.
b) El fondo de la plaza será azul Pantone 294 y el perímetro se delimitará con una línea de color contrastado,
preferentemente blanco. La señalización horizontal será antideslizante.
c) La señal vertical adecuada para señalizar estas plazas será la S-17 del Reglamento General de Circulación,
acompañada del Símbolo Internacional de Accesibilidad.
ARTÍCULO 16. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE RESERVA DE PLAZA DE APARCAMIENTO DE USO PERSONAL PARA
TITULARES DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.
1. Las solicitudes de plazas reservadas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el modelo normalizado
establecido al efecto en el anexo IV y se resolverán en un plazo máximo de tres meses.
Junto a la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
a) En caso de solicitud por parte de persona titular de la tarjeta de estacionamiento:
- Fotocopia de la tarjeta de estacionamiento.
- Fotocopia del DNI de la persona interesada.
- Fotocopia del DNI del representante legal, si procede.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo cuya matrícula constará en la señalización
vertical.
a.1) En caso de solicitud de plaza reservada cercana al domicilio:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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